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continuación, en atención a los importes individuales
o acumulados, y tipo de contrato:
OBRAS SERVICIO SUMINISTRO
A) Procedimiento de Contratación Menor,
PROCEDIMIENTO
resultando de aplicación lo establecido en el Anexo B‐
ABIERTO
XVI “Tramitación de Expedientes de gasto sujetos a la < 80.000 < 60.000 < 60.000
SIMPLIFICADO
Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público”: ABREVIADO
OBRAS SERVICIO SUMINISTRO
PROCEDIMIENTO
CONTRATO ABIERTO ≤2.000.000 <143.000 <143.000
MENOR <15.000 <15.000 SIMPLIFICADO
(ORDINARIO)
PROCEDIMIENTO
CONTRATO <40.000 ABIERTO
MENOR < 5.538.000 <221.000 <221.000
INVESTIGACIÓN ≤50.000 ≤50.000 (NO S.A.R.A.)
(Funcionales
541/542)
PROCEDIMIENTO
ABIERTO
REGULACIÓN ≥5.538.000 ≥ 221.000 ≥ 221.000
La contratación menor únicamente debe ser utilizada,
ARMONIZADA
con carácter excepcional, dentro de los límites anuales
(PUBLICACIÓN
indicados anteriormente por objeto del contrato, DOUE)
debiéndose planificar la gestión eficiente de la compra
pública, mediante la gestión de Acuerdos Marcos, y los
diferentes procedimientos de licitación de A los contratos financiados con fondos de actividades
contratación (mayor).
de modalidad de gestión preferente, les será de
En consideración a su carácter excepcional, el aplicación los siguientes criterios específicos de
procedimiento de gestión de los Contratos Menores se licitación a los contratos que sigan el procedimiento
recoge en el Anexo B‐XVI de esta Normativa. de contratación abierto, podrán acogerse a las
siguientes especialidades:
En los contratos menores de actividades de modalidad . Procedimiento Simplificado Ordinario: podrán
de gestión “preferente”, se aplicarán idénticas reglas acogerse a este procedimiento en los términos
de gestión a las generales establecidas en las BEFP, recogidos en los apartados 1 a 5 del artículo 159
incorporando en su tramitación aquellos modelos de de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, los
documentos que se consideren necesarios por la contratos de Obras, Suministros y Servicios,
Gerencia de la Universidad. En dicho sentido, se cuando se cumplan las condiciones siguientes:
acompaña como “modelo de proposición económica” • Que se trate de contratos con valor
de Anexo B‐XXIII de las Bases de Ejecución y estimado inferior al umbral establecido por
Funcionamiento del Presupuesto vigente. la Comisión Europea para los contratos
sujetos a regulación armonizada.
B) Procedimiento de Contrato Mayor, para importes • Que entre los criterios de adjudicación
individuales o acumulados iguales o superiores a los previstos en el pliego no haya ninguno
establecidos para Contratos Menores del epígrafe evaluable mediante juicio de valor o, de
anterior, resultando de aplicación lo regulado en los haberlos, su ponderación no supere el
puntos siguientes de este artículo, veinticinco por ciento del total, salvo en el
caso de que el contrato tenga por objeto
A los efectos de seguimiento y ejecución de las fases prestaciones de carácter intelectual, como
del Presupuesto el expediente de contratación a los servicios de ingeniería y arquitectura, en
incoar en los supuestos indicados en este artículo en la que su ponderación no podrá superar el
Contratación Mayor, se tramitarán según los cuarenta y cinco por ciento del total.
procedimientos relacionados por importes, a b. Procedimiento Simplificado Abreviado:
continuación: Excepto los que tengan por objeto prestaciones
de carácter intelectual, podrán acogerse a este
procedimiento en los términos recogidos en el
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