Page 337 - 2023 TOMO II (OCT)
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características de los mismos.                    custodiado por la Gerencia a través del Servicio de Gestión
               Factura  de  compra  y/o  valoración  de  los  bienes,  y  su   Presupuestaria y Patrimonial.
               acreditación documental, en su caso.              A  la  vista  de  la  propuesta  de  donación  o  cesión,  del
               Finalidad propuesta de los bienes dentro de la Universidad
                                                                 informe  justificativo  y  de  la  documentación  que  los
               Miguel  Hernández  de  Elche.  A  estos  efectos,  los  bienes   acompañe,  el  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y
               podrán aceptarse o no con un destino funcional concreto,
               que no ubicación en el caso de ser bienes muebles, o a falta   Patrimonial elevará el expediente completo a los órganos
                                                                 competentes para su aceptación o rechazo de entre los
               de una finalidad específica, se destinarán al sostenimiento
               de  las  actividades  necesarias  para  el  cumplimiento  del   indicados en el artículo 35, el cual emitirá la decisión que
               servicio público que realiza y de las funciones reconocidas   corresponda, que será notificada al interesado.
               a la Universidad al servicio de la sociedad.      De  considerarse  necesario  por  ambas  partes,  podrá
               Declaración responsable de ser los legítimos propietarios,   firmarse  un  documento  en  el  que  se  recoja  los
               al  100%,  de  los  bienes  que  proponen  donar  o  ceder,   pormenores de la donación o cesión, de acuerdo con la
               aportando, siempre que sea posible, documentación que   normativa  que  regule  el  procedimiento  para  la
               lo justifique.                                    formalización  de  convenios  por  la  Universidad  Miguel
               Declaración  de  estar  en  disposición  de  contratar  y  de
               disponer de sus bienes, conforme a lo establecido en el   Hernández  de  Elche.  Una  copia  de  este  documento  se
               artículo 624 del Código Civil.                    incorporará al expediente patrimonial.
               Declaración  responsable  de  que  los  bienes  a  donar  o  a
               ceder están libres de cargas o gravámenes de cualquier   Artículo 45. Perfección de la donación o cesión.
               tipo  o,  en  su  caso,  justificación  documental  detallada  y   La donación o cesión se perfeccionará desde el momento
               suficiente de dichas cargas o gravámenes con indicación de   en que el donante o cedente conozca la aceptación de la
               sus características, importes, plazos de abono, personas o   Universidad Miguel Hernández de Elche. Para ello, una vez
               entidades  beneficiarias  de  los  mismos  y  cualquier   aceptada la donación o cesión por el órgano competente,
               información  que  contribuya  a  determinar  el  alcance  y   el  Servicio  de  Gestión  Presupuestaria  y  Patrimonial
               condiciones de la carga o gravamen.
               Fecha y firma de todos los donantes o cedentes.   notificará al donante o cedente su aceptación, que tendrá
                                                                 efectos desde la fecha de la recepción de la notificación.
           En el caso de bienes muebles, los donantes o cedentes   No  obstante,  los  bienes  donados  o  cedidos  no  estarán
                                                                 bajo  la  responsabilidad  de  la  Universidad  Miguel
           tendrán  que  aportar  factura  o  título  de  propiedad  del   Hernández de Elche hasta el momento de la recepción de
           bien, así como informe motivado del valor actual del bien;
                                                                 los  mismos,  acreditado  con  la  emisión  de  Informe  de
           y en el caso de bienes inmuebles, los donantes o cedentes
           tendrán que aportar, además, las escrituras de propiedad   Inventario.

           de  los  mismos  y  los  datos  de  su  inscripción  en  el
                                                                 Artículo 46. Recepción de la donación o cesión.
           correspondiente Registro de la Propiedad.
                                                                 Una vez recibidos los bienes se firmará la correspondiente
           En el caso de vehículos o embarcaciones, los donantes o   acta  en  duplicado  ejemplar,  uno  para  el  donante  o
           cedentes tendrán que aportar, además, la documentación   cedente y otro para la Universidad Miguel Hernández de
                                                                 Elche.
           que sea precisa para obtener los permisos oportunos de

           circulación o navegación. Si el donante o cedente es una
           entidad  pública,  la  documentación  anterior  podrá   Artículo  47.  Procedimiento  en  caso  de  atenciones
           sustituirse  por  un  certificado  de  transferencia  o  similar   institucionales o premios.
           que permita a la Universidad Miguel Hernández de Elche   1.En el caso de las atenciones institucionales, y dado el
                                                                 carácter simbólico y protocolario de la donación, bastará
           regularizar el bien ante el organismo competente.
                                                                 con  su  aceptación  verbal.  Salvo  en  el  caso  de  bienes

           Artículo 43. Asesores técnicos.                       susceptibles  de  ser  incluidos  en  el  Patrimonio  Cultural
                                                                 donde  se  deberá  informar  al  Servicio  de  Gestión
           1.  Se  designará un  asesor  técnico,  en  el  caso  de  no
                                                                 Presupuestaria y Patrimonial, pudiendo elevar el caso a la
               existir promotor de la Universidad o existiendo, se
               considere conveniente la realización de un informe   Comisión de Patrimonio Cultural.
                                                                 En  el  caso  de  los  premios  otorgados  a  la  Universidad
               técnico,  en  función  del  conocimiento  que  tenga   Miguel  Hernández  de  Elche  se  seguirá  con  el
               sobre el bien a donar o ceder.
           2.  Dicho  informe  técnico,  podrá  servir  como     procedimiento establecido en las correspondientes bases
                                                                 de  convocatoria;  de  no  indicarse,  bastará  con  su
               motivación para aceptar o rechazar el bien a donar   aceptación verbal.
               o ceder.
                                                                 Si  el  premio  recibido  fuese  dinerario  su  importe  será
                                                                 incorporado  al  Presupuesto  General  de  la  Universidad
           Artículo 44. Tramitación.                             Miguel Hernández de Elche, sin perjuicio del destino que
           El correspondiente expediente de donación o cesión de   posteriormente le asigne la Gerencia.
           uso,  tendrá  carácter  patrimonial  y  será  tramitado  y
                                                                 Si  la  atención  institucional  o  el  premio  fuese  un  bien

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