Page 202 - 2023 TOMO II (OCT)
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especializados de amplia repercusión social y de interés      La descripción de las actividades a desarrollar.
               para  la  Universidad.  En  ellas  se  pueden  realizar
                                                                   La  duración  del  convenio  siguiendo  las  condiciones
               actividades de formación, investigación y desarrollo y/o
                                                                    establecidas en el artículo 6 del presente Reglamento.
               divulgación.
                                                                   La  adscripción  de  la  Cátedra  a  un  departamento  o
               ARTÍCULO 3. Iniciativa y Procedimiento de creación
                                                                    instituto.
               Las  Cátedras  Institucionales  se  crearán  a  iniciativa  del      Los órganos de la Cátedra, de acuerdo con el artículo 8I del
               Rector quien la propondrá al Consejo de Gobierno para   presente Reglamento.
               su aprobación. Los términos aplicables a la creación de
               estas   Cátedras   quedarán   recogidos   en   el      Las condiciones económicas, de acuerdo con el artículo 14
                                                                    del presente Reglamento.
               correspondiente Acuerdo de aprobación del Consejo de
               Gobierno, según se detalla en el artículo 4.
                                                                   Las condiciones de difusión de la existencia de la Cátedra
                                                                    y del uso de la imagen de la Universidad.
               Las Cátedras de Empresa o de Mecenazgo se crearán a
               iniciativa  de  un  miembro  del  personal  docente  e      El  cumplimiento  de  las  normativas  internas  de  la
               investigador (PDI), perteneciente a los cuerpos docentes   Universidad que resulten de aplicación.
               con   vinculación   permanente,   adscrito   a   un
               Departamento  o  Instituto  de  la  UMH.  Este  miembro      Adicionalmente, el Convenio de creación de las Cátedras
                                                                    de Empresa deberá contener, al menos, las condiciones
               actuará  como  promotor  durante  el  proceso  de
                                                                    de confidencialidad sobre las actividades de la Cátedra y el
               tramitación de la propuesta de creación de la Cátedra y
                                                                    régimen de titularidad y explotación, si procede, de los
               será  la  persona  de  contacto  y  responsable  de  la
                                                                    derechos de Propiedad Industrial y/o Intelectual.
               propuesta  mientras  se  constituya  formalmente  la
               Cátedra.                                            El Convenio de Creación de las Cátedras de Mecenazgo
                                                                    reflejará el carácter desinteresado de la aportación de la
               La  propuesta  deberá  dirigirse  al  Vicerrectorado  con   empresa o entidad colaboradora y, en particular, se hará
               competencias en transferencia de conocimiento para su   constar  que  la  titularidad  respecto  de  los  derechos  de
               valoración,  debiendo  formalizarse  la  creación  de  la   Propiedad  Industrial  y/o  Intelectual  corresponderá  a  la
               Cátedra  mediante  la  suscripción  del  correspondiente   UMH.
               Convenio de creación entre la UMH y la/s entidad/es y
                                                                   El Convenio de creación de las Cátedras de Empresa o de
               cuya aprobación corresponde al Consejo de Gobierno de
                                                                    Mecenazgo será suscrito por el Rector de la Universidad y
               la Universidad. Con carácter previo a su aprobación, se   por los representantes de las otras entidades con poderes
               solicitará  informe  al  Director  del  departamento  o   suficientes para la firma del convenio.
               instituto al que vaya a quedar adscrita la Cátedra.
                                                               ARTÍCULO 5. Administración y gestión del Convenio de
               Las  Cátedras  de  Empresa  y  de  Mecenazgo  quedarán   creación
               adscritas al departamento o instituto al que pertenezca
               su Director o, en caso de que éste sea personal externo a   La OTRI es el servicio administrativo encargado de las
               la UMH, su Codirector.                          gestiones para la constitución de las Cátedras de Empresa
                                                               o  de  Mecenazgo.  Su  personal  está  al  servicio  de  la
               ARTÍCULO 4. Contenidos del Acuerdo de aprobación y   comunidad universitaria para informar y asesorar sobre
               del Convenio de creación                        cualquier aspecto relacionado con estas Cátedras y para
                                                               elaborar su Convenio de creación.
               El Acuerdo de aprobación de las Cátedras Institucionales
               detallará, al menos, su objeto, actividades, financiación,   ARTÍCULO 6. Duración
               estructura y funcionamiento.
                                                               Las  Cátedras  Institucionales  se  crearán  con  carácter
               El Convenio de creación de las Cátedras de Empresa o de   indefinido, pudiendo extinguirse tal y como se establece
               Mecenazgo  deberá  incluir,  al  menos,  los  siguientes   en el artículo 7.
               aspectos:



               202 | Página                     Presupuesto
   197   198   199   200   201   202   203   204   205   206   207