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ARTÍCULO 34 BIS: Recaudación de los ingresos de
               Respecto de la gestión de los ingresos derivados de los   derecho público
               acuerdos de investigación, prestaciones de servicio y
               estudios   de   postgrado,   perfeccionamiento   y   1. La recaudación de los ingresos de derecho público
               especialización (emisión de facturas, identificación de   podrá realizarse en periodo voluntario o en periodo
               ingresos, etc.), se estará a lo establecido al respecto en   ejecutivo,  mediante  el  pago  o  cumplimiento
               el Título Quinto de esta Normativa.            espontáneo de la persona o entidad obligada al pago
                                                              o,  en  su  defecto,  a  través  del  procedimiento
               De acuerdo con el Artículo 128 del Decreto 208/2004,   administrativo de apremio.
               de 8 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el
               que  se  aprueban  los  Estatutos  de  la  Universidad   2.  El  procedimiento  de  apremio  se  iniciará
               Miguel Hernández, el Rector, previa autorización del   transcurridos tres meses desde la finalización del plazo
               Consejo de Gobierno, podrá concertar operaciones de   reglamentario de abono, sin que se haya producido el
               créditos. Aquellas operaciones que superen el periodo   mismo, mediante providencia notificada a la persona
               de vigencia del presupuesto anual deberán contar con   o entidad deudora de las deudas correspondientes a
               el  informe  favorable  del  Consejo  Social  y  serán   los derechos referidos en este artículo. La providencia
               finalmente aprobadas por la Generalitat Valenciana.   de  apremio,  dictada  por  la  Gerencia,  será  título
                                                              suficiente para iniciar el procedimiento de apremio.
               Por lo que se refiere a los ingresos procedentes de las
               operaciones de crédito, como norma general deberá   3.  Podrá  aplazarse  o  fraccionarse  el  pago  de  las
               reconocerse el pasivo, en el momento del desembolso   cantidades adeudadas a la Universidad por resolución
               de los capitales por el prestamista.           de la Gerencia, siempre que la situación económico‐
                                                              financiera del deudor le impida transitoriamente hacer
               Respecto a la obligación de expedir facturas por cobros   frente al pago.
               de matrículas oficiales, se determina de la siguiente
               forma:                                         4. Las cantidades adeudadas a la Universidad podrán
                                                              devengar intereses de demora desde el día siguiente
               Respecto  a  los  cobros  percibidos  por  matrículas,  en   al del vencimiento de la deuda en periodo voluntario
               enseñanzas  oficiales  o  propias,  no  procederá  la   hasta la fecha de su ingreso.
               emisión de factura. En los supuestos que se requiera   En cuanto a la determinación del plazo de pago y de
               justificación  del  pago  a  favor  de  Empresa,  la   los intereses de demora se estará a lo dispuesto en: la
               Universidad   Miguel   Hernández   podrá   emitir   Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
               Certificación, a solicitud de la persona matriculada, y   la ley 15/2010 de 5 de julio que modifica la Ley 3/2004,
               en  la  solicitud  se  indicarán,  entre  otros,  los  datos   de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas
               relativos a la empresa (nombre, CIF), acreditación de   de  lucha  contra  la  morosidad  en  las  operaciones
               ser  trabajador  de  la  empresa,  comprobante  de  la   comerciales  y  a  lo  dispuesto  por  el  Reglamento
               liquidación de la matrícula, así como la dirección a la   General de recaudación, aprobado por R.D. 939/2005,
               que  se  debe  enviar  dicha  certificación.  En  la  página   de 29 de julio.
               web del Servicio de Información Contable y Gestión
               Económica  y  Financiera,  se  habilitarán  documentos   5. El interés de demora será el que se determine por la
               modelo  para  tramitar  la  Solicitud,  y  Certificado   legislación estatal sobre la materia.
               acreditativo de cobro de matrícula.
                                                              6. No se practicará liquidación por interés de demora
               El Servicio de Control Interno podrá realizar controles   cuando la cantidad resultante por este concepto sea
               a  posteriori,  de  la  ejecución  del  Presupuesto  de   inferior a la cifra que fije la Gerente como mínima para
               Ingresos.                                      cubrir el coste de su exacción y recaudación.

                                                              7.  La  gestión  recaudatoria  en  periodo  ejecutivo  de
                                                              aquellos  recursos  de  derecho  público  de  la
                                                              Universidad  Miguel  Hernández,  se  derivará  a
                                                              cualquiera  de  las  Administraciones  Públicas  con
                                                              competencias en este ámbito, mediante la suscripción
                                                              del  correspondiente  Convenio  entre  ambas,  en  el
                                                              mismo  se  determinará  el  ámbito  de  aplicación,  las
                                                              funciones  de  cada  administración,  el  procedimiento
                                                              aplicable  en  cada  caso,  el  coste  del  servicio,  los


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