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contemplan a los donativos, donaciones y titularidad ostenta la Universidad:
aportaciones irrevocables realizados a favor de a) Los que se encuentren afectos al uso o
las Universidades públicas y los colegios servicio público de la educación superior, así
mayores adscritos a ellas, como instituciones como a sus fines y funciones.
beneficiarias. b) Todo bien que en el futuro destine el Estado
o la Comunidad Autónoma al cumplimiento, por
De los términos previstos en el artículo 6 de la la Universidad, de sus fines estatutarios.
Ley 20/2018, de 25 de julio, de la Generalitat, del c) Cualquier otro bien, cualquiera que sea su
mecenazgo cultural, científico y deportivo no origen, que fuere afectado al servicio público de
profesional en la Comunitat Valenciana; que la educación superior prestado por la
reconoce a la Generalitat la competencia para Universidad.
fomentar mediante incentivos y beneficios d) Son inalienables, imprescriptibles e
fiscales en actividades de mecenazgo, en favor inembargables.
de actividades culturales, científicas y 3. Son bienes de dominio privado todos
deportivas no profesionales, desarrolladas por aquellos bienes y derechos que pertenezcan a la
la Universidad. Universidad y no están destinados al uso o
servicio público universitario, y entre ellos:
Dado que la aceptación de donaciones o
cesiones de uso es un trámite necesario previo a a) Los rendimientos, frutos o rentas de sus
bienes.
su incorporación al patrimonio universitario, o a
b) Las acciones y participaciones en sociedades
la incorporación al presupuesto en el caso de
de carácter público o privado, y en fundaciones
cantidades adineradas, la Universidad Miguel
Hernández establece los procedimientos públicas o privadas en que intervenga la
específicos de aceptación. Universidad o sus organismos o entidades.
c) Son alienables, prescriptibles e
inembargables, los bienes de dominio privado,
A estos efectos, y para dar cumplimiento a lo mientras tengan este carácter.
previsto en la Normativa establecida en los 4. La titularidad de los bienes de la Universidad
anteriores apartados; se dicta el presente Miguel Hernández de Elche únicamente podrá
Reglamento de Gestión Patrimonial e Inventario ser limitada por razón de interés público, en los
bienes, aplicable a esta Universidad. casos en que la ley así lo establezca.
TÍTULO I: PATRIMONIO Artículo 3. Afectación y desafectación de
bienes y derechos. Inscripción en registros
Artículo 1. Concepto de patrimonio. públicos.
1. El patrimonio de la Universidad Miguel 1. Los bienes que se adquieran como
Hernández de Elche está constituido por el patrimoniales, y sean inventariables, se
conjunto de bienes, derechos y obligaciones considerarán afectados en atención a su uso o
cuya titularidad ostenta esta Institución, o le servicio público por lo que se les otorga la
sean atribuidos por el ordenamiento jurídico, y condición de bienes de dominio público,
por los rendimientos de tales bienes y derechos. afectación que es simultánea a la adquisición.
2. Tendrán la consideración de patrimonio de la 2. En caso de expropiación forzosa, la afectación
Universidad Miguel Hernández de Elche todos se entiende implícita en la declaración de
los bienes y derechos de sus organismos y utilidad pública o interés social.
Entidades públicas sujetas al Derecho privado. 3. Es competencia del Consejo de Gobierno,
3. Las donaciones que reciba y el material acordar la afectación al dominio público de los
inventariable y bibliográfico que se adquiera con bienes universitarios y su desafectación, así
cargo a fondos de investigación, se incorporarán como la adquisición y el procedimiento de
al patrimonio de la Universidad Miguel enajenación de bienes patrimoniales.
Hernández de Elche, salvo que en virtud de 5. El acto de afectación producirá en los
convenio deban adscribirse a otras entidades. registros públicos los efectos previstos en la
legislación del Estado, y se hará constar en el
Artículo 2. Composición del patrimonio. Inventario de Bienes y Derechos de la
1. Los bienes y derechos de la Universidad Universidad.
podrán ser de dominio público (demaniales) o 6. La desafectación tendrá lugar cuando un bien
de dominio privado (patrimoniales). de dominio público deje de estar destinado a un
2. Son bienes de dominio público cuya uso o servicio público determinado, pasando a
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