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Otros anticipos: la totalidad, dentro de los 30 días   sobre la materia, que figuran compendiados en las
               siguientes a la concesión.                     normativas propias y que se incorporan como Anexos
                                                              a las presentes Normas.
                                                              Las  normativas propias  contenidas en los Anexos
               CAPÍTULO V. OTRAS DISPOSICIONES                anteriores se considerarán con carácter supletorio a la
                                                              Normativa Reguladora de Actividades Finalistas.
               ARTÍCULO 72. Régimen
               La regulación anterior sobre Caja Fija será de   TÍTULO QUINTO:  DE LA TESORERÍA
               aplicación sin perjuicio de la existente en las Normas
               de Ejecución y Funcionamiento de la Universidad
               contenida en el Título I, así como de aquella de   ARTÍCULO 76. Contenido
               carácter general que la legislación presupuestaria o   Los recursos  financieros de la Universidad Miguel
               contable pueda establecer.                     Hernández, sean dinero, valores o créditos, tanto por
                                                              operaciones       presupuestarias      como
               ARTÍCULO 73. Responsabilidad y Competencia     extrapresupuestarias, constituyen la tesorería de la
               Los titulares con firma autorizada en la Caja Fija, son   Universidad.
               los responsables directos del mantenimiento de la
               misma, con capacidad para  encomendar el control   ARTÍCULO 77. Criterios de Ejecución y Formalización.
               designando a una persona para ello. La encomienda   Los criterios para la ejecución de los pagos y la
               del control de la cuenta corriente no abarcará la   formalización de los ingresos serán los siguientes:
               delegación de la responsabilidad.
                                                              Ejecución de Pagos:
               ARTÍCULO 74. Contabilización y Gestión
               Los movimientos que se producen en las Cajas Fijas de   La relación contable de órdenes de pago, se tramitará
               los Centros de Gestión se mecanizarán por las mismas,   por  el  Servicio de Información Contable y Gestión
               disponiendo para ello de una tabla de conceptos   Económica y Financiera, a efectos de que sea suscrita
               presupuestarios, tanto de los orgánicos de     por el ordenador de pagos y se haga efectiva por la
               departamentos  como   de   los  acuerdos  de   Entidad Financiera, así como su anotación contable.
               investigación.
                                                              Para aquellas órdenes de pago que se cumplimenten
               La oficina de gestión archivará las Cuentas    mediante transferencia de fondos de las cuentas
               Justificativas, a salvo de posibles auditorías internas o   corrientes de la Universidad en Entidades Financieras,
               externas                                       se considerará como efectuado el pago en la fecha en
                                                              que se recibe y acepta en la Entidad Financiera la
               Desde el Servicio de Información Contable y Gestión   correspondiente orden de transferencia.
               Económica y  Financiera, y  con la conformidad de   En las órdenes de pago que se hagan efectivas
               Control Interno, se podrán realizar anualmente   mediante talón nominativo  se consideran liquidadas
               auditorias sobre la gestión  de la Caja Fija en las   en la fecha en que se efectúe la entrega del mismo al
               oficinas, revisando toda la documentación y los   interesado.
               apuntes que refleje la cuenta.
                                                              En las órdenes de pago que se liquiden, se harán
                                                              constar los siguientes extremos:
               TÍTULO CUARTO:
               DE     LA     GESTIÓN       ECONÓMICO-         Forma de pago que indique la modalidad del mismo,
               ADMINISTRATIVA DE ACUERDOS  DE                 es decir, si se ha efectuado por cheque, transferencia
                                                              bancaria, etc. Cuando se trate de pagos mediante
               INVESTIGACIÓN, PRESTACIONES DE                 transferencia bancaria, además se deberá incluir la
               SERVICIO         Y      ESTUDIOS         DE    identificación de la Institución Financiera y cuenta
                                                              bancaria por la que el interesado o perceptor recibirá
               POSTGRADO, PERFECCIONAMIENTO Y                 el cobro.
               ESPECIALIZACIÓN                                Datos identificativos de la caja de efectivo o cuenta

                                                              bancaria a través de la que, en función de la forma de
                                                              pago, deba realizarse éste.
               ARTÍCULO 75. Contenido                         El régimen de firmas para la disposición de fondos será
               El contenido del presente Título, se corresponde con   aquel que la Universidad tenga en cada momento
               los acuerdos adoptados por los órganos competentes   debidamente acordado.
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