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3. Las Universidades están obligadas a rendir cuentas   social de entidades que la Universidad cree al amparo
               ante el órgano de fiscalización de cuentas de la   del artículo 84 de la LOU estará  sometida a los
               Comunidad Autónoma, al que serán remitidas por   siguientes criterios:
               conducto de la Generalitat Valenciana.
                                                              a. Tendrá asignada dotación específica  en los
               Artículo 127. Control Interno                  presupuestos de la Universidad.

               1. La Universidad asegurará  el  control  interno  de la   b. Será proporcionada a la viabilidad estimada de la
               gestión económico-financiera de acuerdo a los   consecución de los objetivos académicos, sociales y
               principios de legalidad, eficacia y eficiencia. A tal   económicos de la entidad.
               efecto, podrá constituirse una unidad administrativa
               dotada de autonomía suficiente para garantizar el   c. No podrán aportarse bienes de dominio público
               ejercicio de los pertinentes controles y evaluaciones.   universitario, más que en régimen de concesión o
                                                              cesión de uso, estableciéndose en el acuerdo
               2.  El  Consejo  de   Gobierno  aprobará  los  fundacional su duración y retorno a la Universidad.
               procedimientos adecuados para la auditoría interna de
               la UMH, a cargo del correspondiente órgano de   d. Se remitirá al Consejo Social para su aprobación el
               Control Interno.                               previo informe o memoria económica que justifique la
                                                              idoneidad de la medida.
               Artículo 128. Operaciones de crédito.
                                                              2. Las ampliaciones de las dotaciones fundacionales o
               El Rector, previa autorización del Consejo de Gobierno,   aportaciones al capital social por parte de la
               podrá concertar operaciones de crédito. Aquellas   Universidad estarán sometidas a los mismos requisitos
               operaciones  que  superen el  periodo  de  vigencia del   indicados en el apartado anterior.
               presupuesto anual deberán contar con el informe
               favorable del Consejo Social y serán finalmente   3. No tendrán la consideración de aportación al capital
               aprobadas por la Generalitat Valenciana.       las  subvenciones,  transferencias  corrientes,
                                                              aportaciones de bienes o prestaciones de servicios
               Artículo 129. Fundaciones y otras entidades.    académicos, de administración y gestión que se
                                                              efectúen a  fundaciones, asociaciones o  sociedades
               1. La Universidad podrá crear, por sí sola o  en   civiles o mercantiles  en virtud de convenios o
               colaboración con otras entidades, cualquier clase de   contratos entre la Universidad y aquellas entidades
               personas jurídicas de acuerdo con lo establecido en el   que se creen en el futuro o que se hubieren creado con
               artículo 16 de los presentes Estatutos.        antelación a la LOU.

               2. La dotación fundacional o la aportación al capital
               social a las entidades anteriores se ajustará a las
               normas que, a tal  fin, establezca la Comunidad
               Autónoma.

               3. Las entidades en las que la UMH tenga participación
               mayoritaria en su capital o fondo patrimonial
               equivalente,  estarán  sometidas a la obligación de
               rendir cuentas en los mismos plazos y procedimientos
               que la Universidad, sin perjuicio de la legislación
               mercantil u otra a la  que dichas entidades  puedan
               estar sometidas en función de su personalidad
               jurídica.

               Artículo 130. Criterios para la dotación fundacional o
               aportaciones al capital social de entidades.
               1. La dotación fundacional o aportación al capital

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