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1. Cursos con financiación externa completa    la cantidad de 150€ por curso y siempre respetando el
                      -Precio  por  cuso  25  h:  1.500€  (más  gastos   cumplimiento del punto 1 de esta normativa.
               extraordinarios, en su caso).
                      -En  el  caso  de  cursos  con  financiación  que    2. Gastos de dirección:
               cubran  gastos  totales  del  mismo,  éstos  podrán,
               excepcionalmente,  tener  un  carácter  gratuito  a   Los  cursos  denominados  de  extensión
               demanda del solicitante.                       universitaria,  bajo  la  articulación  de  “cursos  de
                                                              invierno”, “cursos de verano” u otros, podrán contar
                                                              con un director o directora (director/a de cursos de
               2. Cursos con financiación externa parcial     invierno,  director/a  de  cursos  de  verano,  otros).  Su
                      -Precio  por  curso  25  h:  entre  500  y  1.000€   remuneración  no  será  superior  al  10%  del  total  de
               (más gastos extraordinarios, en su caso).      ingresos de los cursos que dirija, independientemente
                                                              de  las  retribuciones  que  se  tengan  asignadas  por
                   -En  el  caso  de  cursos  con  cofinanciación  que   docencia  en  el  mismo.  En  todo  caso,  y  salvo  casos
               cubran parcialmente los gastos del mismo, esto es, por   excepcionales  justificados,  se  establece  como  tope
                                                              máximo la cantidad de 6.000 € por curso académico.
               importe  inferior  a  1.500€  Euros  (más  gastos

               extraordinarios  en  su  caso);  deberá  financiarse  la

               diferencia  al  menos,  con  la  emisión  de  Recibos  por
               inscripción, estableciéndose en este caso, el número
               mínimo de inscripciones necesarias para la celebración
               del curso.

               IV. SOBRE LA COORDINACIÓN

                   1. Gastos de coordinación:

                   Cada curso contará con un/a coordinador/a en el
               caso de que sea impartido por más de un/a docente,
               y/o en el caso de que sea impartido por una o más
               personas  que  no  pertenezcan  a  la  comunidad
               universitaria.
                   No es obligatorio asignar gastos de coordinación.
               Será la coordinación quien proponga, en su caso, este
               gasto. La remuneración, que será propuesta una vez
               liquidados  la  totalidad  de  los  gastos  del  curso,  no
               podrá  ser  superior  al  10%  del  total  de  ingresos  del
               curso. En todo caso, se establece como tope máximo






























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