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ANEXO  XIV:  PROCEDIMIENTO  DE  CÁLCULO  DE  HORAS  DE  DEDICACIÓN  A

               PROYECTOS DEL PN 2008-2011





                 Modificado el 25/02/2015


                 Procedimiento de la Universidad Miguel Hernández de Elche para el cálculo de las horas de dedicación a
                         proyectos de I+D del PN I+D+I 2008-2011 a efectos de justificación de costes indirectos



               Artículo 1. Objetivo
               Atendiendo a los cambios en la dedicación horaria del profesorado universitario y a la búsqueda de mecanismos
               ágiles, coherentes y eficientes para la determinación de las horas de dedicación a los proyectos de investigación
               nacionales  por  parte  del  personal  participante  en  los  mismos  y  al  sólo  efecto  de  justificación  de  los  costes
               indirectos concedidos, el objetivo prioritario que se pretende con este procedimiento es establecer un criterio
               único y homogéneo que ofrezca una estimación veraz de la dedicación horaria a los mencionados proyectos.
               Artículo 2. Ámbito de aplicación
               Este procedimiento será de aplicación para la justificación de los costes indirectos concedidos a los proyectos de
               I+D pertenecientes al PN I+D+I 2008-2011 así como a aquellos proyectos vigentes que pertenezcan a los Planes
               Nacionales anteriores.
               Artículo 3. Criterios de estimación y distribución de tiempos de trabajo
               Puesto que el fin último de esta normativa es la justificación de los costes indirectos, para el cálculo de las horas
               dedicadas  a  los  proyectos  se  ha  partido  de  la  dedicación  mínima  a  actividades  de  investigación.  Siendo
               conscientes de que, según las necesidades derivadas en cada momento, la dedicación  real puede haber sido
               superior.
               Para establecer las horas de dedicación a los proyectos de investigación, el punto de partida será delimitar qué
               miembros del equipo investigador deben computar horas al objeto de la justificación de los costes indirectos y,
               a partir de ahí, determinar, en primer lugar, la jornada laboral anual legal que les corresponde y, en segundo
               lugar, qué parte de la misma tiene por objeto la realización de tareas de investigación. Para ello, atendiendo a la
               composición de los equipos investigadores en los proyectos del PN I+D+I 2008-2011, el personal participante en
               los mismos se ha englobado en cuatro categorías:
               CATEGORÍA  A:  Recoge  al  personal  con  titulación  superior  que  realiza  funciones  de  investigación,  vinculado
               laboral o funcionarialmente con el organismo solicitante:
               Personal Docente e Investigador (PDI)
                   -   Se tendrá en cuenta a todo el Personal Docente e Investigador (PDI) de la Universidad que sea miembro
                      del  equipo  investigador,  con  excepción  de  los  profesores  asociados  que,  aunque  participen  en  el
                      proyecto, por las características de su contrato desarrollan una actividad a tiempo parcial que, en su
                      mayor parte, no supone un consumo de costes indirectos para la Universidad.
                   -   Jornada laboral anual: El cómputo horario anual para el PDI queda establecido en un número P de horas,
                      que se fijará de acuerdo con la legislación de aplicación en el año en el que se lleve a cabo el cálculo.
                   -   Dedicación  a  investigación:  Se  tendrá  en  consideración  el  Art.  9.9  del  Real  Decreto  898/1985  que
                      establece que “Sin perjuicio del necesario cumplimiento de las obligaciones mínimas de docencia y
                      tutoría o asistencia al alumnado, las universidades podrán señalar en sus Estatutos otras actividades a
                      desarrollar por el profesorado durante su jornada, con el límite de que al menos un tercio de la misma
                      quedará reservada a tareas de investigación”, lo que equivale a P/3 horas.
                   -
               Personal investigador en formación postdoctoral
                      En  esta  categoría  se  engloba  a  aquel  personal  adscrito  a  la  UMH  que  disfruta  de  un  contrato  de
                      formación  o  perfeccionamiento  postdoctoral,  como  pueden  ser  los  beneficiarios  de  los  Programas
                      Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, VALI+D Postdoctoral, etc.

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