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El Director de la Cátedra será un experto de reconocido   Serán funciones del Secretario:
               prestigio profesional, técnico y/o científico en el ámbito
                                                               Convocar las reuniones del Consejo Asesor por indicación
               temático de la Cátedra, preferentemente perteneciente
                                                               del Director de la Cátedra.
               a los cuerpos docentes con vinculación permanente de la
               UMH.
                                                               Redactar, archivar y custodiar las Actas de las reuniones
                                                               del Consejo Asesor.
               La Cátedra podrá contar, asimismo, con un Codirector
               igualmente  de  reconocido  prestigio  en  el  ámbito  de
                                                               Expedir las certificaciones de las Actas y acuerdos.
               actuación de la Cátedra.
                                                               Informar a los Servicios Centrales de la Universidad de
               Será requisito imprescindible que la Cátedra disponga de
                                                               aquellos  acuerdos  del  Consejo  Asesor  que  tengan
               un Director o un Codirector perteneciente a los cuerpos
                                                               implicaciones para su gestión.
               docentes con vinculación permanente de la UMH.
                                                               Cualquier otra función establecida en los documentos de
                El Director y, en su caso, el Codirector serán nombrados
                                                               creación de las Cátedras.
               por el Rector de acuerdo a lo establecido en el artículo 13.
                                                               ARTÍCULO 13. Nombramiento de Director, Codirector y
               Serán funciones del Director:
                                                               Secretario
               Presidir el Consejo Asesor de la Cátedra.
                                                               El Director, Codirector, en su caso, y Secretario de las
               Representar a la Cátedra en cuantas reuniones, acciones   Cátedras de Empresa o de Mecenazgo serán nombrados
               o actividades se requieran.                     por el Rector una vez su designación haya sido aprobada
                                                               por el Consejo de Gobierno junto al Convenio de creación
               Elaborar el Plan anual de actividades de la Cátedra.   de las Cátedras.

               Proponer  al  Consejo  Asesor  la  participación  en  las   La  designación  de  un  nuevo  Director,  Codirector  o
               actividades de la Cátedra de los profesionales referidos   Secretario requerirá la previa aceptación del Vicerrector
               en  el  artículo  9.1  y  en  particular,  cuando  proceda,  su   con  competencias  en  transferencia  de  conocimiento,
               designación como “Adjunto a la Cátedra”.        procediendo el Rector a su nombramiento.

               Ejecutar los acuerdos del Consejo Asesor.       El  Director,  Codirector  en  su  caso  y  Secretario  de  las
                                                               Cátedras Institucionales serán nombrados por el Rector,
               Supervisar las actividades de la Cátedra.
                                                               oído el Consejo de Gobierno.
               Gestionar los recursos económicos de la Cátedra.
                                                               CAPÍTULO III
               Informar  al  Consejo  Asesor  de  cuantas  acciones,   RÉGIMEN ECONÓMICO
               gestiones o actividades se lleven a cabo, presentando,
               una vez al año, la Memoria técnica y económica.    ARTÍCULO 14. Financiación de la Cátedras

               Cualquier otra función establecida en los documentos de   Las  Cátedras  contarán,  para  el  desarrollo  de  sus
               creación de las Cátedras.                       actividades,   preferentemente,   con   financiación

                                                               específica  cuyo  importe  y  condiciones  vendrán
               En caso de que la Cátedra cuente con un Codirector, éste
                                                               determinados en el Acuerdo de aprobación o Convenio
               asumirá  aquellas  funciones  recogidas  en  el  apartado
                                                               de creación, según corresponda.
               anterior que queden determinadas en el Convenio de
               creación o Acuerdo de aprobación.               La  aportación  económica  mínima  por  parte  de  las
                                                               empresas  o  entidades  colaboradoras  será  de  30.000
               ARTÍCULO 12. Secretario de la Cátedra
                                                               euros anuales para las Cátedras de Empresa y de 10.000
               El Secretario de la Cátedra será uno de los miembros del   euros anuales para las Cátedras de Mecenazgo, excluidos
               Consejo Asesor de la misma.                     en  ambos  casos  aquellos  impuestos  que  resulten  de
                                                               aplicación.  El  Consejo  de  Gobierno  podrá  acordar
                El Secretario será nombrado por el Rector, a propuesta   anualmente la modificación de estos importes.
               del Director.

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