Page 388 - PRESUPUESTOS UMH 2018
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12  de  abril,  del  Estatuto  Básico  del  Empleado      Titulados  superiores  II:  Graduado  o
               Público,  los  Estatutos  de  la  Universidad  Miguel   equivalente
               Hernández de Elche, por el Texto Refundido de la      Titulados  de  grado  medio:  Diplomado  o
               Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por     equivalente
               el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo      Técnicos   especialistas:   bachiller   o
               (particularmente el artículo 15.1.a), sus normas de    equivalente
               desarrollo y normas convencionales.                    Auxiliares: graduados en ESO

               3.  En  ningún  caso,  la  prestación  temporal  de
               servicios  del  personal  investigador  y  del         El  personal  contratado  conforme  a
               colaborador en tareas de investigación supondrá        cualquiera  de  estas  categorías  tendrá
               vinculación  estable  con  la  Universidad  Miguel     exclusivamente  carácter  de  personal
               Hernández de Elche.                                    colaborador en tareas de investigación, lo
                                                                      que   así   se   hará   constar  en   la
               Artículo 4.- Categorías                                correspondiente convocatoria

               Las  categorías  del  personal  investigador  y  del   Artículo 5.- Retribuciones
               personal  colaborador  en  tareas  de  investigación
               serán las siguientes:                           1.  En  función  de  las  categorías  anteriormente
                                                               referenciadas, se establecen las retribuciones que
                      Personal Investigador:                  constan en el Anexo de este Reglamento.

                   •   Investigador Sénior: debe poseer el grado   CAPITULO   II.-PROCEDIMIENTO        DE
                      de  doctor  con  una  antigüedad  igual  o   SELECCIÓN
                      superior a 4 años.
                   •   Investigador Junior: debe poseer el grado   Art. 6. Propuesta de contratación
                      de doctor.
                   •   Investigador  en  Formación:  Licenciado,   El  investigador  responsable  de  una  actividad  de
                      Ingeniero,    Arquitecto,   Graduado,    investigación que tenga prevista la contratación de
                      Diplomado  o  Ingeniero  Técnico,  o     personal  investigador  o  personal  colaborador  en
                      equivalente,  no  doctor,  que  esté  inscrito   tareas   de   investigación   propondrá   dicha
                      en un programa de Doctorado.             contratación   al   Servicio   de   Personal   de
                                                               Administración  y  Servicios  de  la  universidad  y
                                                               adjuntará  documento  de  reserva  de  crédito  por
                      El  personal  contratado  conforme  a    importe igual al coste total del contrato propuesto,
                      cualquiera  de  estas  categorías  tendrá   así como propuesta de los miembros integrantes
                      exclusivamente  carácter  investigador,  lo   de la comisión de selección prevista en el artículo 8
                      que   así   se   hará   constar  en   la   del presente Reglamento.
                      correspondiente convocatoria.
                                                               Art. 7. Gestión de la convocatoria
                      Personal  colaborador  en  tareas  de
                       investigación                           1.  El  Servicio  de  Personal  de  Administración  y
                                                              Servicios  dará  traslado  de  la  propuesta  de  la
                      Titulados   superiores   I:   Licenciado,   convocatoria  al  Vicerrector  con  competencias  en
                      Ingeniero,  Graduado  con  Máster,  o    materia de investigación para que proceda, en su
                      titulaciones equivalentes a las anteriores.   caso, a su autorización.





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