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12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Titulados superiores II: Graduado o
Público, los Estatutos de la Universidad Miguel equivalente
Hernández de Elche, por el Texto Refundido de la Titulados de grado medio: Diplomado o
Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por equivalente
el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo Técnicos especialistas: bachiller o
(particularmente el artículo 15.1.a), sus normas de equivalente
desarrollo y normas convencionales. Auxiliares: graduados en ESO
3. En ningún caso, la prestación temporal de
servicios del personal investigador y del El personal contratado conforme a
colaborador en tareas de investigación supondrá cualquiera de estas categorías tendrá
vinculación estable con la Universidad Miguel exclusivamente carácter de personal
Hernández de Elche. colaborador en tareas de investigación, lo
que así se hará constar en la
Artículo 4.- Categorías correspondiente convocatoria
Las categorías del personal investigador y del Artículo 5.- Retribuciones
personal colaborador en tareas de investigación
serán las siguientes: 1. En función de las categorías anteriormente
referenciadas, se establecen las retribuciones que
Personal Investigador: constan en el Anexo de este Reglamento.
• Investigador Sénior: debe poseer el grado CAPITULO II.-PROCEDIMIENTO DE
de doctor con una antigüedad igual o SELECCIÓN
superior a 4 años.
• Investigador Junior: debe poseer el grado Art. 6. Propuesta de contratación
de doctor.
• Investigador en Formación: Licenciado, El investigador responsable de una actividad de
Ingeniero, Arquitecto, Graduado, investigación que tenga prevista la contratación de
Diplomado o Ingeniero Técnico, o personal investigador o personal colaborador en
equivalente, no doctor, que esté inscrito tareas de investigación propondrá dicha
en un programa de Doctorado. contratación al Servicio de Personal de
Administración y Servicios de la universidad y
adjuntará documento de reserva de crédito por
El personal contratado conforme a importe igual al coste total del contrato propuesto,
cualquiera de estas categorías tendrá así como propuesta de los miembros integrantes
exclusivamente carácter investigador, lo de la comisión de selección prevista en el artículo 8
que así se hará constar en la del presente Reglamento.
correspondiente convocatoria.
Art. 7. Gestión de la convocatoria
Personal colaborador en tareas de
investigación 1. El Servicio de Personal de Administración y
Servicios dará traslado de la propuesta de la
Titulados superiores I: Licenciado, convocatoria al Vicerrector con competencias en
Ingeniero, Graduado con Máster, o materia de investigación para que proceda, en su
titulaciones equivalentes a las anteriores. caso, a su autorización.
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