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aplicación del Real Decreto 63/2006, deberán COLABORADOR EN TAREAS DE
adaptarse al contenido de su artículo 21 a la INVESTIGACIÓN
entrada en vigor del mismo; lo que significa que
desde el 2 de junio de 2012 la adjudicación de estas CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
ayudas implica la formalización del denominado
contrato predoctoral que introduce la citada ley, de Artículo 2.- Definiciones
una duración máxima de 4 años.
1. Se considera personal investigador al que,
Asimismo, con fecha 27 de octubre de 2011 se provisto de la titulación correspondiente, lleva a
publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real cabo exclusivamente una actividad investigadora,
Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se entendida como el trabajo creativo realizado de
regulan los términos y las condiciones de inclusión forma sistemática para incrementar el volumen de
en el Régimen General de la Seguridad Social de conocimientos, incluidos los relativos al ser
las personas que participen en programas de humano, la cultura y la sociedad, el uso de esos
formación. conocimientos para crear nuevas aplicaciones, su
transferencia y divulgación.
Las nuevas circunstancias derivadas de la evolución
en las normas generales en esta materia, hacen 2. Se considera personal colaborador en tareas de
recomendable la actualización de las formas de investigación al personal contratado para colaborar
participación de personal en las actividades de en el desarrollo de proyectos y actividades
investigación que se lleven a cabo en la concretas de investigación científica o técnica y que
Universidad Miguel Hernández de Elche, mediante no realiza actividad investigadora.
la aprobación de un reglamento que las regule
teniendo en cuenta el nuevo marco general. Artículo 3.- Vinculación
1. El personal investigador estará vinculado con la
TÍTULO I.- OBJETO Y ÁMBITO DE Universidad Miguel Hernández de Elche mediante
APLICACIÓN una relación sujeta a derecho laboral y se regirá por
lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
Artículo 1.- Objeto
diciembre, de Universidades, la Ley 7/2007, de 12
1. El objeto del presente reglamento es regular el de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,
procedimiento para la incorporación de personal, los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández
para el desarrollo de actividades de investigación de Elche, la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia,
en la Universidad Miguel Hernández de Elche, con la Tecnología y la Innovación, así como por el Texto
la salvedad prevista en el apartado siguiente. Refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, aprobado por el Real Decreto
2. En el caso de que esas actividades de Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, sus normas de
investigación estén financiadas con fondos desarrollo y normas convencionales.
finalistas, la incorporación de este personal se
realizará atendiendo a las normas específicas que 2. El personal colaborador en tareas de
pudieran resultarles de aplicación y, en su defecto, investigación estará vinculado con la Universidad
se aplicará el presente Reglamento. Miguel Hernández de Elche mediante un contrato
de obra o servicio determinado para colaborar en
TÍTULO II.- DE LA CONTRATACIÓN DE el desarrollo de proyectos y actividades concretas
PERSONAL INVESTIGADOR Y PERSONAL de investigación científica o técnica, conforme a la
autorización contenida en el artículo 48 de la LOU.
Dichos contratos se regirán por la Ley 7/2007, de
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