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aplicación  del  Real  Decreto  63/2006,  deberán   COLABORADOR     EN      TAREAS      DE
               adaptarse  al  contenido  de  su  artículo  21  a  la   INVESTIGACIÓN
               entrada en vigor del mismo; lo que significa que
               desde el 2 de junio de 2012 la adjudicación de estas   CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
               ayudas  implica  la  formalización  del  denominado
               contrato predoctoral que introduce la citada ley, de   Artículo 2.- Definiciones
               una duración máxima de 4 años.
                                                               1.  Se  considera  personal  investigador  al  que,
               Asimismo,  con  fecha  27  de  octubre  de  2011  se   provisto  de  la  titulación  correspondiente,  lleva  a
               publicó  en  el  Boletín  Oficial  del  Estado,  el  Real   cabo exclusivamente una actividad investigadora,
               Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se   entendida  como  el  trabajo  creativo  realizado  de
               regulan los términos y las condiciones de inclusión   forma sistemática para incrementar el volumen de
               en el Régimen General de la Seguridad Social de   conocimientos,  incluidos  los  relativos  al  ser
               las  personas  que  participen  en  programas  de   humano, la cultura y la sociedad, el uso de esos
               formación.                                      conocimientos para crear nuevas aplicaciones, su
                                                               transferencia y divulgación.
               Las nuevas circunstancias derivadas de la evolución
               en  las  normas  generales  en  esta  materia,  hacen   2. Se considera personal colaborador en tareas de
               recomendable  la  actualización  de  las  formas  de   investigación al personal contratado para colaborar
               participación  de  personal  en  las  actividades  de   en  el  desarrollo  de  proyectos  y  actividades
               investigación  que  se  lleven  a  cabo  en  la   concretas de investigación científica o técnica y que
               Universidad Miguel Hernández de Elche, mediante   no realiza actividad investigadora.
               la  aprobación  de  un  reglamento  que  las  regule
               teniendo en cuenta el nuevo marco general.      Artículo 3.- Vinculación
                                                               1. El personal investigador estará vinculado con la
               TÍTULO  I.-  OBJETO  Y  ÁMBITO  DE              Universidad Miguel Hernández de Elche mediante
               APLICACIÓN                                      una relación sujeta a derecho laboral y se regirá por

                                                               lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
               Artículo 1.- Objeto
                                                               diciembre, de Universidades, la Ley 7/2007, de 12
               1. El objeto del presente reglamento es regular el   de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público,
               procedimiento para la incorporación de personal,   los Estatutos de la Universidad Miguel Hernández
               para el desarrollo de actividades de investigación   de Elche, la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia,
               en la Universidad Miguel Hernández de Elche, con   la Tecnología y la Innovación, así como por el Texto
               la salvedad prevista en el apartado siguiente.   Refundido  de  la  Ley  del  Estatuto  de  los
                                                               Trabajadores,  aprobado  por  el  Real  Decreto
               2.  En  el  caso  de  que  esas  actividades  de   Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, sus normas de
               investigación  estén  financiadas  con  fondos   desarrollo y normas convencionales.
               finalistas,  la  incorporación  de  este  personal  se
               realizará atendiendo a las normas específicas que   2.  El  personal  colaborador  en  tareas  de
               pudieran resultarles de aplicación y, en su defecto,   investigación  estará  vinculado  con  la  Universidad
               se aplicará el presente Reglamento.             Miguel Hernández de Elche mediante un contrato
                                                               de obra o servicio determinado para colaborar en
               TÍTULO  II.-  DE  LA  CONTRATACIÓN  DE          el desarrollo de proyectos y actividades concretas
               PERSONAL  INVESTIGADOR  Y  PERSONAL             de investigación científica o técnica, conforme a la
                                                               autorización contenida en el artículo 48 de la LOU.
                                                               Dichos contratos se regirán por la Ley 7/2007, de



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