Page 136 - Normas de Ejecución y Funcionamiento Actualizadas Consolidadas - DEFINITIVO (1)
P. 136

TÍTULO SEGUNDO:
                                                                 ARTÍCULO 39: Límites
              INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO             La  presente  Normativa  tiene  por  objeto
              Y ASISTENCIAS Y SERVICIOS ESPECÍFICOS.             regular    las    indemnizaciones     que
                                                                 correspondan  a  todo  el  personal  de  la
                                                                 Universidad   Miguel    Hernández     por
               ARTÍCULO 38: Derecho a la Percepción
                                                                 Comisiones  de  Servicio,  quedan  excluidas  de
               Tendrán  derecho  a  la  percepción  de           indemnización  aquellas  autorizaciones  cuyos
               indemnizaciones  por  razón  del  servicio  y     gastos sean asumibles por otras Entidades.
               asistencias y servicios específicos, el personal
               vinculado a la Universidad Miguel Hernández       El  personal  de  la  Universidad  Miguel
               por  cualquier  relación  de  servicio,  es  decir:   Hernández  que  realice  un  desplazamiento  al
               PDI,  PAS,  Becarios,  y  el  personal  que  haya   servicio de ésta, recibirá dietas y gastos que se
               suscrito  algún  contrato  de  colaboración       acreditarán  de  acuerdo  con  los  criterios  e
               temporal, hasta su finalización. En el caso de    importes  aprobados  por  el  Consejo  Social,  y
               personal  que  no  tenga  ninguna  vinculación    que se encuentran recogidas en la Tabla I de
               con  la  Universidad,  pero  que  haya  estado    este  Título.  A  propuesta  del  Consejo  de
               designado  por  ésta  para  cualquiera  de  las   Gobierno,  el  Consejo  Social  podrá  actualizar
               indemnizaciones   establecidas   en   esta        anualmente,  con  efectos  de  1  de  enero,  la
               Normativa,  le  serán  abonados  los  gastos      cuantía de las indemnizaciones.
               justificados,  los  cuales  se  justificarán  de  la   La  duración  de  las  comisiones  de  servicio
               misma  manera  que  rige  para  el  personal
               vinculado a la Universidad.                       por  la  asistencia  a  cursos  de  capacitación,

               Se establecen las siguientes excepciones:         especialización  o  ampliación  de  estudios,  los
                                                                 de perfeccionamiento, investigación científica
                     1.   Para   el   personal   docente   e
                     investigador   que   se   encuentre         y técnica o de creación artística o por razones
                     cumpliendo  una  licencia  de  estudios,    del servicio será de:
                     queda  exceptuado  del  derecho  a  la
                     percepción de indemnización por razón
                     del servicio.                                    Un mes en territorio nacional.
                                                                      Tres meses en el extranjero.
                     2. En casos excepcionales y cuando las
                     comisiones    tengan     importancia
                     extraordinaria   o   comporten   una
                     especial    solemnidad     en     la        CAPÍTULO I: COMISIONES DE
                     representación   de   la   Universidad      SERVICIO.
                     Miguel Hernández, como es el caso de
                     sus  representantes,  o  el  del  Consejo
                     Social,  se  podrá  solicitar  el  reintegro   ARTÍCULO 40. Conceptos de Indemnización
                     íntegro de los gastos originados.
                                                                 La indemnización por Comisiones de Servicios
                     3.  En  ningún  caso  podrá  tener          que se realicen en el territorio nacional, podrá
                     consideración de Comisión de Servicios,     estar compuesta por:
                     el  desplazamiento  habitual  (lugar  de
                     residencia   a   Centro   de   Trabajo           a)  Dietas:  Es  la  cantidad  recibida
                     Habitual).                                     diariamente  para  compensar  los  gastos
                                                                    originados fuera del término municipal en
                     4.   No     generará   derecho    a            donde radique su lugar de trabajo.
                     indemnización aquellas comisiones que
                     tengan  lugar  a  iniciativa  propia  sin
                     previa autorización.

               136 | P á g i n a               Presupuesto
   131   132   133   134   135   136   137   138   139   140   141