Page 115 - Libro Plan Estratégico CIAGRO-UMH 2025-2028
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Plan Estratégico CIAGRO-U MH 2025 - 2028
5) Requisitos para ser miembro de un grupo de trabajo.
Podrán formar parte de los Grupos de Trabajo quienes cumplan con los siguientes
requisitos:
a) Estar vinculado a CIAGRO-UMH
b) Tener interés en la materia abordada por el Grupo de Trabajo.
6) Causas de exclusión de los Grupos de Trabajo
Un miembro de un Grupo de Trabajo podrá perder su condición por alguna de las
siguientes causas:
a) Falta de participación continuada en las actividades del Grupo, corroborada por la
mayoría de sus integrantes.
b) Incumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
c) Uso indebido o publicación de información generada en el Grupo sin la autorización
del Comité de Dirección.
d) Solicitud voluntaria de baja, que deberá ser comunicada formalmente al
coordinador/a del Grupo y a la Dirección del Instituto.
e) Inasistencia, sin justificación, a más del 75% de las reuniones del Grupo.
7) Composición de los Grupos de Trabajo.
Cada Grupo de Trabajo estará integrado por un mínimo de tres y un máximo de siete
personas. Excepcionalmente, el Comité de Dirección podrá autorizar la incorporación de
un número mayor de integrantes cuando lo estime conveniente.
8) Reuniones de los Grupos de Trabajo.
Los Grupos de Trabajo se reunirán cuando así lo precisen. La convocatoria se hará con
una antelación de 7 días, haciendo constar el orden del día. La convocatoria será
realizada por la persona coordinadora.
Como mínimo deberá reunirse, según el plan de trabajo establecido y su
calendarización, y en todo caso una vez al mes. De cada sesión uno/a de los/las
integrantes que no ostente el cargo de coordinador/a asumirá la función del/la
secretario/a y levantará una breve acta donde se especificarán tareas, responsables y
fechas, que será aprobada en el mismo acto. Si de los acuerdos adoptados se precisara
una aprobación ulterior por parte del Comité de Dirección se dará traslado a través del
coordinador/a en el plazo máximo de una semana.
Podrán acudir a las reuniones de los Grupos de Trabajo personas o entidades no
pertenecientes al Instituto, previa invitación, pero solo disfrutarán de voz, careciendo
de voto para los posibles acuerdos.
La custodia y archivo de las actas y otra documentación (ambas en formato digital) es
asumida por la persona que ejerza la coordinación del Grupo.
9) Obligaciones de las personas integrantes de los Grupos de Trabajo.
Los miembros de los Grupos de Trabajo tienen la obligación de conocer, cumplir y hacer
cumplir el presente Reglamento.
Todos los integrantes de los Grupos de Trabajo deberán:
a) Participar activamente en las reuniones y actividades del Grupo.
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