Page 17 - Carrera investigadora
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6. INVESTIGADOR LÍDER
EN SU ESPECIALIDAD: R4
Art. 25 LCTI: PERSONAL INVESTIGADOR FUNCIONARIO
Objeto:
Carrera profesional del personal investigador funcionario al servicio de los Organismos
Públicos de Investigación de la Administración General del Estado.
Características:
El personal investigador funcionario de carrera al servicio de los Organismos Públicos
de Investigación de la Administración General del Estado se agrupa en las siguientes
escalas científicas:
a) Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación.
b) Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación.
c) Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación.
Requisitos:
La oferta de empleo público, aprobada cada año por el Gobierno para la Administra-
ción General del Estado, contendrá las previsiones de cobertura de las plazas con asig-
nación presupuestaria precisas de personal investigador funcionario al servicio de los
Organismos Públicos de Investigación de la Administración General del Estado median-
te la incorporación de personal de nuevo ingreso, así como las de personal investigador
laboral fijo. Corresponderá a los Organismos Públicos de Investigación la constitución
de los órganos de selección y la realización de los procesos selectivos. Podrán participar
en los procesos selectivos de acceso a la condición de personal investigador funcionario
de carrera, siempre que posean el Título de doctor o equivalente y cumplan el resto de
requisitos exigidos en la convocatoria de acceso.
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