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incorporándose al ejercicio siguiente el crédito siguiente al de la fecha de finalización o generación
remanente para su liquidación en los términos del último cobro, como periodo de liquidación.
establecidos en el párrafo anterior. ● “Limitada”: Se incorporará al ejercicio siguiente
Aquellos créditos de actividades finalistas como máximo, el crédito neto generado en el
sujetas a justificación económica, deberán ser ejercicio anterior.
destinados a financiar los costes elegibles en ● “Cerrada”: No permitirá la remanente de crédito.
los términos de las normas que resulten de ● “Computable”: No permitirá la remanente de
aplicación durante el periodo de ejecución con crédito.
anterioridad a la justificación final, no ● “Sostenida”: Se incorporará, como máximo el
disponiendo de periodo de liquidación crédito neto generado en el ejercicio anterior,
pudiéndose fijar por Gerencia un techo máximo
posterior, sin perjuicio de su participación en anual de incorporación que garantice la
las actividades PAR, CAR; Pre-PAR o Pre-CAR sostenibilidad de las actividades autofinanciadas.
establecidas en esta normativa, siempre y ● “Complementaria”: Resultará su propia normativa
cuando resulten autorizados. de aplicación en materia de gestión del remanente
de crédito, (par-E) que será compatible con la
b) Periodo de Vigencia. solicitud de actividades PAR una vez finalizadas en
i. Durante el periodo de vigencia, permitirá la su ejecución, en periodo de liquidación o finalizado
éste.
ejecución de todos los gastos elegibles que ● “Mantenida”: Mantiene el tratamiento de
resulten necesarios para la realización de la remanentes actual, permitiendo su incorporación a
actividad, en los términos en que resulten ejercicios siguientes, en tanto se dicte normativa de
autorizados sus respectivos centros de gastos, aplicación específica para este tipo de actividades.
con los límites de la disponibilidad ● “Mixta”: El remanente puede proceder de
presupuestaria. financiación interna y externa. Si procede de
financiación interna no es susceptible de
ii. Siempre que las Normas aplicables a la incorporación al ejercicio siguiente y tampoco podrá
ir a convocatoria AR (PAR). Cuando el remanente
ejecución de los fondos lo permitan, podrán proceda de financiación externa, se podrá
presentarse propuestas de pago a personal incorporar por una sola vez al ejercicio siguiente,
propio hasta los 6 meses posteriores a la después podrá ir a convocatoria AR (PAR).
finalización de la actividad, o en su caso de la
generación del último cobro en atención a Título IV: Actividades Finalistas Asociadas a
criterios de prudencia que aconsejaran la Remanentes
ejecución demorada, correspondiente a la
actividad desempeñada durante ese periodo.
Artículo 6. Participación en Actividades “AR”.
Finalizado el periodo de Liquidación o Vigencia, el Con carácter general podrán participar en
crédito remanente no podrá ser objeto de actividades AR (Pre-PAR, PAR, Pre-CAR, o CAR) los
incorporación a ejercicios posteriores, decayendo responsables de actividades finalistas de modalidad
el reconocimiento de Remanente de Tesorería “General”, no obstante, previa autorización del
Afectado, aplicándose al Remanente General no Vicerrectorado responsable, podrán participar las
Afectado de la Universidad. Excepcionalmente, modalidades “Limitada”, “Cerrada”, y en su caso,
podrá incorporarse al ejercicio siguiente, el crédito “Complementaria”.
comprometido correspondiente a la mensualidad
del mes de enero de los contratos de personal que Para poder participar, será condición necesaria
se encuentren en ejecución; sucediendo en el haber contribuido al coste indirecto, en caso
marco de la Actividad AR que inicie su ejecución en
ese ejercicio. contrario, se procederá a su retención aplicando el
porcentaje correspondiente sobre el total de
En atención a lo recogido en el párrafo anterior, crédito generado en el centro de gasto del proyecto
resultará de aplicación los siguientes criterios a los que dio origen al remanente.
créditos remanentes por cada “modalidad”:
● “General”: únicamente será incorporado el Artículo 7. Programa de Actividades AR
remanente de crédito al ejercicio inmediatamente 1. El programa de actividades AR, actividades
asociadas a remanentes, se desarrollará a través
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