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anualidades de ejecución vigentes, o dotar       reprogramación de las anualidades de las
               anualidades extraordinarias sucesivas, con el    respectivas líneas del Programa AR, previo
               límite máximo de periodo de ejecución a partir del   informe de viabilidad presupuestaria emitido por
               ejercicio siguiente establecido en los artículos 10 y   el Servicio de Gestión Presupuestaria y
               11 de esta  normativa.  No obstante, para        Patrimonial, elevando a resolución del Rector y
               Solicitudes anuales superiores a 100.000,00 Euros,   posterior informe al Consejo Social.
               consideradas actividades Macro PAR o CAR,
               podrán solicitarse dotaciones sucesivas a partir del   Artículo  16  Habilitación  de  Partidas
               ejercicio siguiente a la última anualidad aprobada,   Presupuestarias y Líneas Presupuestarias
               motivando la necesidad  de ampliación por un
               periodo máximo adicional coincidente con el      1. Desde el Servicio u Oficina especializada
               establecido  en los artículos 10 y 11 de  esta   dependiente del Vicerrectorado competente, se
               normativa para las actividades PAR o CAR         comunicará al Servicio de Gestión Presupuestaria
               respectivamente.                                 y Patrimonial, el centro de gasto con detalle del
                                                                periodo de ejecución, anualidades y costes
                                                                elegibles; adjuntándose  la Resolución de
               5.  En ningún caso podrá solicitarse PAR o CAR con   Concesión anexa a la propuesta de modificación
               periodos de ejecución discontinuos, debiéndose   de transferencias que venga a dotar el crédito al
               iniciar o continuar el periodo de ejecución en el   ejercicio corriente para facilitar su ejecución
               ejercicio siguiente al de la concesión, debiéndose   descentralizada anual.
               ser este periodo continuo en su ejecución hasta la
               finalización, sin perjuicio de lo establecido en  el
               punto 4 anterior para solicitudes macro PAR  o   2. El Servicio de  Gestión Presupuestaria y
               CAR.                                             Patrimonial habilitará las líneas y partidas
                                                                presupuestarias por beneficiario y funcional, con
                                                                los siguientes criterios de codificación de la
               6.  Excepcionalmente,  previa   motivación       Clasificación Funcional asignada a la línea:
               justificada por el  Profesor Responsable, el
               Vicerrector  competente  podrá solicitar  la
                                         Codificación Línea Presupuestaria




                                   Clasificación Funcional





                       Subfunción                  Programa                          Subprograma
                                                    (2 dígito)            (2 dígitos identificativos últimos
                        (3 dígitos)                                            Año Finalización AR)


                                                         Código
                                             R (*)     Control (**)



               (*) R: Indicativo de Actividad Asociada al Programa AR

               (**) Código de Control: Indicativo de número de Orden de Actividades que Finalizan en un año determinado. Por defecto, su
               valor será “0”, siendo “1” para el caso de un Segundo PAR que finalice en el mismo ejercicio que la anterior, y así sucesivamente.










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