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ANEXO N-XXI: NORMATIVA  POR  LA QUE SE REGULA LA TRAMITACIÓN DE
               CONVENIOS EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE


                                                                Por todo ello, la  Universidad  precisa la
               EXPOSICIÓN DE MOTIVOS                            aprobación de unas normas reguladoras que
               Artículo 1. Ámbito de aplicación.                permitan articular  un procedimiento  interno
               Artículo 2. Objeto.
               Artículo 3. Contenido de los convenios.          para la firma de convenios ajustado al marco
               Artículo  4. Aspectos económico-patrimoniales de   legal.
               los convenios.
               Artículo 5. Iniciación.                          Artículo 1. Ámbito de aplicación.
               Artículo 6. Tramitación.                         1. La presente normativa será de aplicación a
               Artículo 7. Aprobación por Consejo de            todos los convenios administrativos con
               Gobierno y Consejo Social                        efectos jurídicos que suscriba la Universidad
               Artículo 8. Firma y Registro
               Artículo 9. Modificación del convenio.           Miguel Hernández de Elche (UMH) para un fin
               Artículo 10. Vigencia y prórroga.                común,  tanto con Administraciones Públicas,
               Artículo 11. Ejecución, seguimiento y liquidación de   organismos públicos y entidades  de  derecho
               los convenios.                                   público    vinculados   o    dependientes,
               Artículo 12. Publicidad y Transparencia
               Disposición Adicional.                           Universidades públicas, como con personas de
               Disposición Derogatoria.                         derecho privado.
               Disposición Final.
                                                                2. Los Acuerdos Marco, Protocolos Generales
                                                                de Actuación o instrumentos similares que
               EXPOSICIÓN DE MOTIVOS                            comporten  meras declaraciones de  intención

               La suscripción de convenios se ha consolidado    de  contenido general o que expresen la
               en el tiempo como  una de las  técnicas          voluntad  de las Administraciones y partes
               funcionales  más importantes de cooperación      suscriptoras para actuar con  un objetivo
               entre las distintas Administraciones Públicas,   común, sin que supongan la formalización de
               así como con el sector  privado, en aquellos     compromisos jurídicos concretos y exigibles,
               casos en que dicha figura es permitida por       aunque no tiene la consideración de convenios
               nuestro ordenamiento jurídico.                   según la definición del artículo 47  de la ley
                                                                40/2015, se tramitarán  de acuerdo  con lo
               La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen      especificado para ellos en esta normativa.
               Jurídico del Sector Publico, recoge en su título
               preliminar una regulación expresa sobre los      3.    Los   acuerdos    de    colaboración
               requisitos para su validez, contenido mínimo,    interadministrativa por imperativo legal, como
               tipología, duración, extinción y control, que    es el caso de los conciertos celebrados entre la
               resulta aplicable a los convenios suscritos por   Universidad  e  Instituciones  Sanitarias,  se
               las Universidades Públicas.  Este  régimen       tramitarán de acuerdo con esta normativa y
               jurídico completo, contribuye, asimismo,  a      con el Real Decreto 1558/1986.
               discernir  más claramente la naturaleza  del     4. Quedan fuera del ámbito de aplicación de
               negocio jurídico del que se trata, distinguiendo   esta normativa:
               claramente la Ley 40/2015, de 1 de octubre, los
               convenios de aquellas otras figuras que no lo    a) Los contratos celebrados al amparo del
               son y a las  que  por  tanto no  resulta  de     artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de
               aplicación dicho régimen jurídico.               marzo, del Sistema  Universitario, que se



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