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I.8.- ESTADO DE CUENTAS incluido, por ningún concepto, en la nómina de la
Universidad, se deberá adjuntar la siguiente
Los PR podrán consultar el estado del centro de gasto documentación: hoja de datos del personal ajeno
asignado a su Acuerdo de Investigación, en la aplicación (Anexo III), resolución de compatibilidad del Organismo
contable instalada en red de la Universidad, a través de de origen, certificación de propuesta de pago de
la cual se gestionarán los gastos de cada centro de personal con cargo a la liquidación final (Anexo IV) y
gasto, con el detalle de la información por fotocopia del DNI. No se solicitará la resolución de
subconceptos de la Clasificación Económica de Gastos compatibilidad para los profesores de otras
(Gastos de Personal; Gastos de Funcionamiento; Gastos universidades españolas por extensión de la aplicación
en Dietas, Locomoción y Traslados e Inversiones). artículo 60 de la LOSU.
I.9.- RECUPERACIÓN DEL IVA Toda esta documentación, junto con los ADO
La recuperación del IVA se realizará en función de la correspondientes, será remitida al Servicio de
situación fiscal del régimen de IVA a la que se acoja la Información Contable, Gestión Económica y Financiera
Universidad Miguel Hernández.
RETRIBUCIÓN AL PERSONAL AJENO NO
I.10.- RETRIBUCIONES AL PERSONAL PERTENECIENTE A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RETRIBUCIÓN AL PERSONAL UNIVERSITARIO El personal ajeno a la Universidad y no perteneciente a
PROPIO la Administración solamente podrá ser remunerado
Si durante el transcurso de la ejecución del trabajo los mediante contrato laboral, nombramiento como
participantes quisieran recibir dinero a cuenta de la becario o mediante contrato de prestación de servicio,
liquidación final del mismo, podrán hacerlo siempre y salvo cuando se trate de la realización de un trabajo de
cuando haya saldo a su favor. Para ello, el PR presentará carácter esporádico. En el caso de contrato de
una certificación de propuesta de pago de personal con prestación de servicio, deberá estar dado de alta en el
cargo a la liquidación final (Anexo II) al Servicio de I.A.E. y emitir las facturas correspondientes.
Gestión de la Investigación/Servicio de Transferencia La documentación oportuna (contrato, nombramiento
del Conocimiento quien, analizando la tipología del de becario o factura de la prestación de servicio) junto
acuerdo de investigación determinará si procede la a la hoja de datos de personal ajeno (Anexo III), la
retribución al personal propio, enviando al Área de fotocopia del DNI y los ADO serán remitidos al Servicio
Recursos Humanos dicha certificación. de Información Contable, Gestión Económica y
Por regla general, no se tramitarán propuestas de Financiera.
complementos retributivos con cargo a anticipos De acuerdo con lo establecido en el artículo 82.4 de la
otorgados por la Universidad, salvo en aquellas Ley 39/88, de 28 de diciembre, Ley Reguladora de las
situaciones excepcionales que considere el Haciendas Locales, que regula el Impuesto de
Vicerrectorado con competencias en Investigación y Actividades Económicas, no constituye hecho
Transferencia de Conocimiento.
imponible en este impuesto el ejercicio de servicios o
El PTGAS podrá ser remunerado con cargo a los trabajos de carácter esporádico.
Acuerdos de Investigación en concepto de Para la justificación de estos gastos deberán adjuntarse
gratificaciones, estando sujeta la actividad a los límites los siguientes Anexos:
que establece la legislación vigente sobre
incompatibilidades y a la normativa que sobre la Trabajos esporádicos de cuantía inferior o igual a 150
materia establezca esta Universidad. euros: Anexos III.1 y IV.
Trabajos esporádicos superior a 150 euros: Anexos
RETRIBUCIÓN AL PERSONAL AJENO PERTENECIENTE III.2 y IV.
A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
En el caso de personal de la Administración Pública que
no pertenezca a la plantilla y, por consiguiente, no esté
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