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competencias en Investigación por Unid, por parte de Al Director del Departamento/ Instituto, facilitándole
la Universidad. una copia del Acuerdo.
La Universidad firmará preferentemente en segundo Al Auxiliar Administrativo del Departamento/Instituto,
lugar, en el caso de que la firma no ocurra en un único adjuntándole copia del Acuerdo y notificándole el
acto. Si la entidad contratante firmase en segundo centro de gasto asignado.
lugar, Servicio de Gestión de la Investigación/Servicio
de Transferencia del Conocimiento gestionará la pronta Al Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial,
recepción del contrato firmado. indicándole los principales datos económicos del
Acuerdo.
En el caso de los proyectos profesionales que lo
requieran, junto a la Hoja de Encargo del Colegio A la entidad contratante, informándole del código de
Profesional correspondiente, firmada por el cliente y referencia y facilitándole el segundo original (si fue la
visada por el Colegio, se adjuntará el Contrato para la primera en firmar).
realización de actividades de Apoyo Tecnológico, según El Servicio de Gestión de la Investigación/Servicio de
modelo aprobado por el Consejo de Gobierno de la Transferencia del Conocimiento comunicará al Servicio
Universidad.
de Gestión Presupuestaria y Patrimonial cualquier
I.2.- REGISTRO DEL ACUERDO Y COMUNICACIÓN DE modificación del Acuerdo inicial aprobado por el
SU FIRMA Consejo de Gobierno, que suponga variaciones en el
contenido económico-administrativo del mismo,
Una vez firmado el Acuerdo junto con sus anexos,
quedará archivado un original en el Servicio de Gestión entendiéndose en caso contrario que no se ha
de la Investigación/Servicio de Transferencia del producido.
Conocimiento, asignándole un número de referencia Recibida la comunicación de la firma del Acuerdo y la
cuya estructura es la siguiente: información sobre el contenido económico del mismo,
el Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial a
(XX) Tipo Proyecto + (XX) Cód. Director del Proyecto
+ (XX) Cód. Proyecto través de la oportuna modificación del Presupuesto,
habilitará las partidas presupuestarias
Este número de referencia identifica el Acuerdo con un correspondientes al contrato firmado, las cuales
centro de gasto. contarán con crédito presupuestario disponible en la
El Acuerdo también quedará registrado medida que se vayan produciendo ingresos en el citado
informáticamente en una base de datos del Servicio de Acuerdo.
Gestión de la Investigación/Servicio de Transferencia En este sentido, se habilitará el crédito en la partida
del Conocimiento, en la que se anotarán todos los datos presupuestaria por cada Acuerdo, permitiendo la
administrativos y económicos del mismo, con especial imputación de los distintos tipos de gastos que conlleve
referencia por su implicación contable, a la fecha de el desarrollo del mismo, ajustándose, en todo caso, a la
inicio y finalización del contrato/proyecto. siguiente clasificación de la estructura económica del
El Acuerdo será asignado al Departamento/Instituto al presupuesto:
que pertenezca el Profesor Responsable (en adelante, 6830: Actividades de Investigación + Desarrollo.
PR) del mismo, a donde se remitirá toda la información 68301: Gastos de personal (Actividades I+D).
administrativa que genere el desarrollo del 68302: Gastos de funcionamiento (Actividades I+D).
mencionado Acuerdo. 68303: Dietas, locomoción y traslados (Actividades
Una vez firmado y registrado el Acuerdo, se procederá I+D).
a la comunicación: 68306: Inversiones (material inventariable)
(Actividades I+D).
Al Profesor Responsable, facilitándole una copia del 68309: Otros Gastos Libre Disposición. (Actividades
mismo y notificándole el centro de gasto asignado. I+D).
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