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investigación y desarrollo en los que no se reconozca a  I.6.- OPERACIONES DE GASTO
               la Universidad ninguna propiedad sobre resultados ni la   Durante  la  ejecución  del  Acuerdo,  el
               percepción de  regalías,  la Universidad recibirá, en   Departamento/Instituto emitirá  cuantos documentos
               concepto de gastos generales, el 12,5% del importe   contables precise hacer para cubrir los  gastos del
               económico neto del contrato.                   mismo (pagos a proveedores, dietas, etc.) de acuerdo
                                                              con lo establecido en la Instrucción por la que se regula
               De los importes económicos netos procedentes de
               proyectos  competitivos de  investigación,  ya sean   el Procedimiento de Gestión de Gastos, en las normas
               financiados  con fondos regionales, nacionales,   por las que se regulan las indemnizaciones por razón
               europeos o internacionales, se dedicará a gastos   del servicio, y demás normas que se establezcan sobre
               generales de la Universidad el porcentaje máximo que   la gestión económica de esta Universidad.
               establezca la convocatoria o, en su defecto y siempre
               que la normativa de aplicación lo admita, se estará a lo
               dispuesto en el párrafo anterior.              I.7.-  PROPUESTA  DE BECARIOS Y  OTROS
                                                              CONTRATADOS
               Tanto en las actividades al amparo del art. 83 como en  Derogado:  Reglamento vigente en esta materia
               proyectos competitivos que por sus características lo  aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 24 de
               permitan, los gastos generales de la UMH mencionados  noviembre de 2015.
               se incrementarán en un  0,7%,  que se destinarán a
               acciones de cooperación al desarrollo.

               En todos los casos, de los gastos generales se detraerá
               un 25% para  gastos de  investigación a criterio  del
               departamento o instituto universitario, así como otro
               25% que será asignado al investigador principal, para su
               libre disposición. Los correspondientes importes serán
               transferidos a medida que  se vaya recibiendo en la
               Universidad la financiación prevista.

               El  importe de  los gastos  generales  no transferido al
               departamento o instituto universitario o al investigador
               responsable queda a disposición del Vicerrectorado con
               competencias en Investigación y Transferencia de
               Conocimiento para atender a  necesidades de
               biblioteca, reparación de equipos o cualesquiera otras
               acciones especiales cuyo objetivo final es el mejor
               funcionamiento de la investigación.

               Para aquellas actividades en que sea obligatoria la
               justificación económica de  los gastos realizados, si
               como consecuencia de un requerimiento o un proceso
               de auditoría  se evidenciase la incorrecta ejecución
               económica del mismo, el reintegro de los fondos y, en
               su caso, los correspondientes intereses de demora,
               serán cubiertos con cargo al Fondo de Contingencias
               para Actividades de Investigación establecido al efecto
               por la Universidad.






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