Page 175 - 2026 TOMO II
P. 175

a)  Será el Rector o Vicerrector en quién delegue la   del Conocimiento, Modernización y Coordinación
                  competencia para la aprobación de los convenios   Administrativa, Control Interno y Jurídico, tanto
                  financiados con fondos procedentes del PRTR, así   telefónicamente como a través de sus correos
                  como de aquellos que, sin conllevar gasto,      electrónicos corporativos.
                  establezcan acuerdos con Administraciones
                  Públicas, organismos públicos  y  entidades  de
                  derecho público vinculados o dependientes, o las
                  Universidades Públicas entre sí o con sujetos de
                  derecho  privado  para  la  gestión,  colaboración o
                  difusión de los proyectos financiados a través del
                  PRTR.
               b)  En caso de que se inicie en el ejercicio corriente la
                  tramitación de expedientes de convenios
                  financiados  con  fondos  procedentes  del  PRTR,
                  pero su ejecución presupuestaria no vaya a tener
                  lugar hasta el ejercicio siguiente u otros ejercicios
                  posteriores,  será  posible  su  tramitación
                  anticipada, a través de los correspondientes
                  documentos contables, pudiendo  llegar hasta la
                  fase de formalización del convenio en el ejercicio
                  corriente, sin necesidad de efectuar ningún pago
                  en el ejercicio corriente.
           2. En el caso de financiación con cargo a fondos PRTR de
           proyectos gestionados por entidades privadas a través de
           convenios, la articulación de dicha financiación deberá ir
           vinculada al cumplimiento de los objetivos previstos en el
           PRTR, así como a la estimación de costes vinculada a los
           mismos.



           Artículo 13. Publicación
           La presente Circular nº 2/2023 dictada con carácter de
           urgencia, se publicará en la Página Web de la Universidad
           Miguel Hernández de Elche, dándose cuenta por correo
           electrónico  a la comunidad  universitaria, así como en el
           portal de transparencia de acuerdo con lo previsto en la Ley
           19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la
           información pública y buen gobierno; y en la Ley 1/2022, de
           13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la
           Comunitat Valenciana.

           En todo lo  referente a  cualquier asunto o materia no
           contemplada en la presente circular, se estará a lo
           dispuesto en las BEFP, los Estatutos de la UMH y las
           normativas estatales o autonómicas que correspondan.

           Para cualquier aclaración o  consulta  sobre la presente
           Circular pueden dirigirse a los Servicios de Información
           Contable y Gestión Económica y Financiera, Gestión
           Presupuestaria y Patrimonial, Gestión de la Contratación,
           Planificación y Seguimiento de la Contratación, Servicio
           de Gestión de la Investigación/Servicio de Transferencia
                                                                   2026                                175 | Página
   170   171   172   173   174   175   176   177   178   179   180