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2. En casos excepcionales y cuando las comisiones CAPÍTULO I: COMISIONES DE SERVICIO.
tengan importancia extraordinaria o comporten una
especial solemnidad en la representación de la
ARTÍCULO 40: Conceptos de Indemnización
Universidad Miguel Hernández, como es el caso de sus
representantes, o el del Consejo Social, se podrá solicitar
La indemnización por Comisiones de Servicios que se
el reintegro íntegro de los gastos originados.
3. En ningún caso podrá tener consideración de Comisión realicen en el territorio nacional, podrá estar
de Servicios, el desplazamiento habitual (lugar de compuesta por:
residencia a Centro de Trabajo Habitual).
4. No generará derecho a indemnización aquellas
a) Dietas: Es la cantidad recibida diariamente para
comisiones que tengan lugar a iniciativa propia sin previa
compensar los gastos originados fuera del término
autorización.
municipal en donde radique su lugar de trabajo.
Los estados que originan el derecho a percibir dietas
ARTÍCULO 39: Límites pueden comprender los subconceptos siguientes:
La presente Normativa tiene por objeto regular las a.1) Alojamiento (incluido desayuno): Se devengarán gastos
indemnizaciones que correspondan a todo el personal de alojamiento cuando la comisión obligue a pernoctar fuera
de la Universidad Miguel Hernández por Comisiones de la residencia habitual. Se justificarán con las facturas de
los establecimientos hosteleros. El importe a pagar será el
de Servicio, quedan excluidas de indemnización
justificado efectivamente, con el límite de la cuantía fijada
aquellas autorizaciones cuyos gastos sean asumibles
en la Tabla I de este Título.
por otras Entidades.
El personal de la Universidad Miguel Hernández que
Podrán concertarse con empresas la prestación del servicio
realice un desplazamiento al servicio de ésta, recibirá de alojamiento. Cuando se produzca este supuesto, el pago
dietas y gastos que se acreditarán de acuerdo con los de estos gastos concertados equivaldrá a la dieta de
criterios e importes aprobados por el Consejo Social, y alojamiento en el desplazamiento por razón del servicio. No
que se encuentran recogidas en la Tabla I de este se incluirán como gastos indemnizables los correspondientes
Título. A propuesta del Consejo de Gobierno, el a mini bar, teléfonos u otros extras.
Consejo Social podrá actualizar anualmente, con
efectos de 1 de enero, la cuantía de las a.2) Manutención: se devengarán por el importe fijado en la
Tabla I de este Título, y su justificación se deducirá,
indemnizaciones.
No obstante, lo anterior, el personal perteneciente al automáticamente, del día y hora que comienza y finaliza la
comisión de servicio.
Grupo I recogido en el Anexo I del presente Título, así
como el personal de la Universidad Miguel Hernández
Se percibirá el importe de una dieta por cada uno de los días
de Elche que por su cualificación técnica y cualificación completos de duración de la Comisión de Servicios. En las
de la Comisión de Servicios haya de acompañarlos; comisiones cuya duración sea igual o inferior a un día
pueden ser indemnizados por los gastos de Hospedaje natural, no se percibirán indemnizaciones por gastos de
y Restauración, por los importes efectivamente manutención cuando la comisión no tenga una duración
realizados, sin resultar de aplicación las cuantías mínima de cinco horas. Ahora bien, si la comisión se inicia
recogidas en el apartado D “Dietas” del referido Anexo antes de las 14:00 horas y finaliza después de las 16:00 horas,
cumpliendo la duración mínima establecida, en este
I. En situaciones justificadas de inexistencia de
alojamientos adecuados por localización o condiciones supuesto se percibirá el 50% del importe de la dieta de
manutención.
básicas en destino, que en aplicación del criterio de
eficiencia en el uso de los recursos públicos destinados Los desplazamientos por razones de trabajo dentro del
a financiar el alojamiento y desplazamientos al lugar término municipal, o a distancias inferiores a 30 kilómetros
de celebración del acto o reunión; el personal del mismo, no devengarán indemnización alguna en
reconocido como Alto Cargo en la tabla I de este título, concepto de restauración y de otros gastos. Como
excepcionalmente podrá superar los límites excepción, en las distancias inferiores a 30 kms y en el
establecidos para alojamiento en la Tabla I referida. ejercicio de las funciones que tenga encomendada el
comisionado, previa autorización expresa en la comisión de
La duración de las comisiones de servicio por la
servicios, se podrá liquidar el 50% de la manutención (sin
asistencia a cursos de capacitación, especialización o incluir el importe de 8,34.‐€ del concepto otros gastos)
ampliación de estudios, los de perfeccionamiento,
siempre y cuando se cumpla lo establecido en el párrafo
investigación científica y técnica o de creación artística anterior respecto a la duración de la comisión de servicios.
o por razones del servicio será de: Por los días de salida y regreso se percibirá la parte
Un mes en territorio nacional. proporcional que corresponda según el cuadro horario
Tres meses en el extranjero. siguiente:
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