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PREÁMBULO con detalle los bienes objeto de donación o
cesión, en qué estado se encuentran, quiénes
En atención a lo establecido en el apartado 3 del son sus legítimos propietarios, qué condiciones,
artículo 58 de la Ley Orgánica2/2023, de 22 de en su caso, exigen, qué costes podría suponer su
marzo, del Sistema Universitario: “La aceptación, recepción y puesta en
administración y disposición de los bienes de funcionamiento, mantenimiento y
dominio público, así como de los patrimoniales conservación, y qué utilidad pública y de interés
se ajustará a las normas generales que rijan en tendrían para la Universidad. Con toda esta
esta materia. Sin perjuicio de la aplicación de lo información, el órgano responsable de su
dispuesto en la legislación sobre Patrimonio aceptación podrá disponer de elementos
Histórico Español, los actos de disposición de los suficientes para ponderar la aceptación o el
bienes inmuebles y de los muebles de rechazo de la donación o cesión de uso.
extraordinario valor serán acordados por la
Universidad, con la aprobación del Consejo Se hace necesario pues, establecer un
Social, de conformidad con las normas que, a mecanismo normativo que regule los criterios y
este respecto, determine la Comunidad los procedimientos a seguir para las donaciones
Autónoma”. o cesiones de uso de bienes muebles o
inmuebles, materiales o inmateriales, o de
Por su parte, el apartado 2 del artículo 120 del carácter artístico, histórico, científico y
DECRETO 208/2004, de 8 de octubre, del Consell tecnológico, natural, bibliográfico, discográfico
de la Generalitat, por el que se aprueban los o documental, tanto con carácter gratuito como
Estatutos de la Universidad Miguel Hernández oneroso, así como las entregas dinerarias, que
de Elche, establece que: “Corresponde al sean ofrecidas a la Universidad Miguel
Consejo de Gobierno la gestión de los bienes de Hernández de Elche.
dominio público así como la disposición de los
bienes patrimoniales de carácter inmueble, Del mismo modo, también es preciso regular las
previa autorización del Consejo Social, conforme contribuciones que pueda recibir la Universidad
a su régimen propio y de acuerdo con las normas en base a atenciones protocolarias.
generales que rijan en esta materia”.
Respecto al Título I, establece el procedimiento Es necesario tener en cuenta que el proceso
general de adquisición, gestión e inscripción de técnico que se realiza sobre cualquier bien que
los bienes de la Universidad. se dona o cuyo uso se cede para su puesta a
disposición del público, así como para su
En el Título II, se regula el Inventario de la integración como bien en la Universidad Miguel
Universidad, sus generalidades, el alta de Hernández de Elche, implica una serie de costes
inventario, modificaciones, baja de bienes y su en recursos humanos, espacio para su custodia,
mantenimiento. conservación y preservación, que puede
conducir a un crecimiento no planificado del
En el Título III se regula un procedimiento patrimonio universitario, por lo que en el
específico para la aceptación de Donaciones y presente título se establecen los criterios que
Cesiones. En ocasiones, entidades o particulares garantizan que se cumple el interés general, la
proponen donar o ceder el uso de determinados conservación y difusión del patrimonio cultural
bienes de su propiedad a la Universidad Miguel universitario.
Hernández de Elche. En justa correspondencia,
la universidad debe facilitar los trámites a los Igualmente, el Título II del Libro III del Código
futuros donantes o cedentes, informándoles de Civil regula con profusión las donaciones.
los pasos a seguir y de la documentación a
presentar, y asimismo acelerar el proceso de Por otro lado, el artículo 57.4 de la Ley Orgánica
aceptación y recepción de los bienes del Sistema Universitario, dispone que el
estableciendo de manera clara las diferentes presupuesto de las Universidades contendrá los
fases del procedimiento, con indicación de los ingresos procedentes de transferencias de
responsables de cada una de ellas. entidades públicas y privadas, así como de
herencias, legados o donaciones.
Pero, por otra parte, la Universidad Miguel
Hernández de Elche tiene la obligación de En relación con lo anterior, el artículo 16 de la
salvaguardar sus propios intereses, conociendo Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen
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