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ANEXO N‐XIV: NORMAS Y CRITERIOS PARA LA RESOLUCIÓN, POR EL CONSEJO
SOCIAL DE LA UMH, DE EXPEDIENTES DE PRECIOS PÚBLICOS, TASAS
ACADÉMICAS, PAGOS A PROFESORES Y DEMÁS DERECHOS ECONÓMICOS, DE
LOS ESTUDIOS QUE IMPLIQUEN LA EXPEDICIÓN POR PARTE DE LA UMH, DE
ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PERMANENTE
En virtud de lo establecido en el artículo 3 j) de la ‐ Cursos nuevos. Son aquellos estudios que se
Ley 7/2024 de 30 de diciembre, de la Generalitat imparten por primera vez. El expediente debe
Valenciana, de Consejos Sociales de las incluir la siguiente documentación:
Universidades Públicas Valencianas, que modifica
● Certificado de aprobación del curso por el
la Ley 2/2003, de 28 de enero, que establece la
Consejo de Gobierno de la UMH, que garantiza
competencia de los Consejos Sociales para fijar las el cumplimiento de la Normativa Reguladora
tasas académicas y demás derechos de los Estudios Propios de la UMH.
correspondientes a los estudios que no impliquen ● Ficha resumen del curso, con sus datos
la expedición de títulos oficiales; y de acuerdo con principales, que necesariamente deberá incluir
el artículo 4, apartado 7 del Decreto 46/2005, de 4 las tasas a aprobar por el Consejo Social y el
coste horario del profesorado.
de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana
(DOGV de 9 de marzo de 2005), por el que se ‐ Cursos renovados. Son aquellos estudios ya
aprueba el Reglamento de Organización y aprobados y realizados con anterioridad, y en los
Funcionamiento del Consejo Social de la que no se han producido cambios respecto a su
Universidad Miguel Hernández de Elche, edición o ediciones anteriores. El expediente debe
incluir la siguiente documentación:
Se establece que:
● Certificado de aprobación del curso por el
● Los expedientes para la resolución de precios Consejo de Gobierno que garantiza el
cumplimiento de la Normativa Reguladora de los
públicos, tasas académicas y demás derechos
Estatutos Propios de la UM y de que la nueva
económicos correspondientes a enseñanzas edición del curso no incluye cambios respecto a
de formación permanente o de extensión ediciones anteriores
● Presentación de los expedientes
universitaria, serán remitidos por el Rector al
● Una vez aprobado por el Consejo de Gobierno, el
Presidente del Consejo Social. Rector remitirá al Consejo Social, con suficiente
antelación respecto al inicio previsto del curso, la
● La presentación de los expedientes se
documentación para cada curso mencionada en
realizará dentro de las fechas previstas en el el punto anterior, con el fin de que éste apruebe,
punto 4, y con la documentación requerida, en su caso, las tasas correspondientes
en el punto 3, según el tipo de expediente.
● Los tipos de estudios propios a los que afecta
esta normativa serán los establecidos en la
Criterios para la resolución de los
Normativa reguladora de los estudios propios
de la Universidad Miguel Hernández de Elche. expedientes.
Asimismo, afecta a los cursos y talleres de
La resolución de los expedientes se ajustará a los
extensión universitaria.
siguientes criterios:
a. Autofinanciación del curso: El curso deberá
Tipos de Expedientes. garantizar su autofinanciación, de acuerdo a
lo recogido en la Normativa reguladora de los
Los expedientes de los cursos se clasifican del estudios propios de la Universidad Miguel
siguiente modo: Hernández de Elche.
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