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ANEXO: Criterios de Gestión Presupuestaria de las Cátedras de la Universidad Miguel Hernández de
               Elche.

               1.     Apertura centro de gasto de la Cátedra

               La Cátedra dispondrá de una clave orgánica propia para facilitar la captación de los recursos externos,
               y ejecutar los gastos estructurales y de funcionamiento necesarios para el funcionamiento ordinario.
               Para la ejecución de actividades específicas financiadas por la Cátedra que requieran de dedicación de
               personal, deberá presentarse memoria de la actividad específica con detalle de los conceptos de gastos
               elegibles;  sobre  la  que  se  habilitará  un  Centro  de  Gasto  Específico  a  través  del  Servicio  gestor
               especializado dependiente del Vicerrectorado competente funcionalmente. Una vez habilitadas las
               partidas presupuestarias podrá proponerse modificación presupuestaria que permita la aportación de
               financiación desde la clave orgánica de la cátedra.



               2.     Costes Elegibles




               Con  carácter  general,  con  los  créditos  disponibles  en  el  Centro  de  Gasto  de  la  Cátedra,  podrán
               financiarse gastos estructurales básicos, asimilados a los financiados con partidas generales atribuidos
               para  funcionamiento  ordinario  de  los  centros;  sin  perjuicio  de  contribuir  a  la  financiación  de
               actividades codificadas con centros de gastos finalistas previa modificación presupuestaria propuesta
               por su Director/a.




               Con los créditos disponibles del Centro de Gasto de la Cátedra podrán atenderse:



               1.‐En Cátedras de Mecenazgo, por acuerdo del Consejo Asesor podrá proponerse una dotación máxima
               anual a la dirección, que incluye las figuras de dirección y secretariado, siempre y cuando sea personal
               UMH,  de  hasta  el  10%  del  importe  que  supere  los  10.000  euros  cobrados  durante  la  anualidad
               correspondiente, hasta el importe máximo anual de 2.000 euros por perceptor,  siempre y cuando la
               Cátedra recaude una financiación de al menos 15.000 euros/año. En todo caso estas asignaciones
               deberán cumplir con la normativa sobre incompatibilidades, conforme a la normativa presupuestaria
               y de personal que resulte de aplicación al personal UMH y ajeno, y con las limitaciones que resulten
               de la legislación aplicable.



               2.‐Gastos corrientes básicos de funcionamiento de la Cátedra, incluyendo indemnización por razón del
               servicio,  alumnos  en  prácticas,  y  demás  gastos  estructurales  básicos  asimilados  a  los  gastos  de
               funcionamiento, así como adquisición de equipamiento inventariable básico





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