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ANEXO: Criterios de Gestión Presupuestaria de las Cátedras de la Universidad Miguel Hernández de
Elche.
1. Apertura centro de gasto de la Cátedra
La Cátedra dispondrá de una clave orgánica propia para facilitar la captación de los recursos externos,
y ejecutar los gastos estructurales y de funcionamiento necesarios para el funcionamiento ordinario.
Para la ejecución de actividades específicas financiadas por la Cátedra que requieran de dedicación de
personal, deberá presentarse memoria de la actividad específica con detalle de los conceptos de gastos
elegibles; sobre la que se habilitará un Centro de Gasto Específico a través del Servicio gestor
especializado dependiente del Vicerrectorado competente funcionalmente. Una vez habilitadas las
partidas presupuestarias podrá proponerse modificación presupuestaria que permita la aportación de
financiación desde la clave orgánica de la cátedra.
2. Costes Elegibles
Con carácter general, con los créditos disponibles en el Centro de Gasto de la Cátedra, podrán
financiarse gastos estructurales básicos, asimilados a los financiados con partidas generales atribuidos
para funcionamiento ordinario de los centros; sin perjuicio de contribuir a la financiación de
actividades codificadas con centros de gastos finalistas previa modificación presupuestaria propuesta
por su Director/a.
Con los créditos disponibles del Centro de Gasto de la Cátedra podrán atenderse:
1.‐En Cátedras de Mecenazgo, por acuerdo del Consejo Asesor podrá proponerse una dotación máxima
anual a la dirección, que incluye las figuras de dirección y secretariado, siempre y cuando sea personal
UMH, de hasta el 10% del importe que supere los 10.000 euros cobrados durante la anualidad
correspondiente, hasta el importe máximo anual de 2.000 euros por perceptor, siempre y cuando la
Cátedra recaude una financiación de al menos 15.000 euros/año. En todo caso estas asignaciones
deberán cumplir con la normativa sobre incompatibilidades, conforme a la normativa presupuestaria
y de personal que resulte de aplicación al personal UMH y ajeno, y con las limitaciones que resulten
de la legislación aplicable.
2.‐Gastos corrientes básicos de funcionamiento de la Cátedra, incluyendo indemnización por razón del
servicio, alumnos en prácticas, y demás gastos estructurales básicos asimilados a los gastos de
funcionamiento, así como adquisición de equipamiento inventariable básico
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