Page 26 - 2025 TOMO I
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4.-TECHO DE GASTO:



                El artículo 57.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece que
                las universidades, para garantizar un mejor cumplimiento de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
                de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, deberán cumplir con las obligaciones
                establecidas en materia presupuestaria respecto de la aprobación de límites de gastos de carácter
                anual. Los presupuestos  y sus liquidaciones harán una referencia  expresa  al cumplimiento del
                equilibrio y sostenibilidad financiera.

                El gasto en la Universidad Miguel Hernández de Elche ha estado limitado en ejercicios anteriores por
                tres factores:
                   a) El propio presupuesto inicial que determina el volumen máximo de gastos que se pretenden
                      atender con los ingresos previstos en ese documento.
                   b) Los remanentes de crédito afectados al cumplimiento de obligaciones previstas, que al cierre
                      del ejercicio precedente se engloban bajo el epígrafe de remanente afectado.
                   c) Los remanentes líquidos de tesorería, disponibles para financiar, en su caso, mayores inversiones
                      o gastos.

                En base a esto, y según lo establecido en la Ley Orgánica 2/2012, procedemos a elaborar un cálculo
                estimado del techo de gasto.  Para  ello, añadimos  un margen sobre  el remanente no afectado,
                necesario para atender  de conformidad con la  normativa presupuestaria la financiación de
                modificaciones de crédito con carácter puntual en el presupuesto corriente, y obtenemos una
                definición de gasto máximo anual para 2025, que podría tomarse como referencia para garantizar el
                mejor cumplimiento de los objetivos de la ley de estabilidad.

                Los datos para el ejercicio que ahora concluye y el cálculo del límite para el 2025 se describen en el
                siguiente cuadro:

                     CÁLCULO TECHO DE GASTO 2025
                                                                                                  Euros

                     Presupuesto inicial
                                                                                         132.021.423,22

                     Remanente afectado revisado (1)
                                                                                           27.717.462,63

                     25% Remanente líquido tesorería (2)
                                                                                           24.151.777,08

                     SUMA                                                                183.890.662,93

                       (1) Año 2025: Se considera Remanente Afectado ejecutado en el ejercicio 2024, a fecha de aprobación del Presupuesto 2025 por
                      el Consejo de Gobierno.

                      (2) Se considera el Remanente de Tesorería disponible para la financiación de gastos generales, de conformidad con la normativa
                      presupuestaria, tomando como base la última Cuenta General aprobada.














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