Page 46 - 2024 TOMO II (noviembre)
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Los expedientes de liquidación de los servicios de referencia efemérides o con motivo de visitas oficiales entre
contendrán, igualmente, la siguiente documentación: autoridades pertenecientes a otras entidades o
instituciones, buscando el realce y dignificación de las
• Nombramiento del Tribunal o de los Conferenciantes, mismas.
ponentes, etc.
• Liquidación según documentos redactados al efecto,
conformados por el Presidente y/o Secretario del Tribunal Tendrán la consideración de GASTOS DE
correspondiente, o del Director/a del Centro que asume el REPRESENTACIÓN, aquellos causados por la actividad
gasto (tal como se desarrolla en el punto a) del apartado personal del Rector o persona en quien delegue, en el
“documentación de pagos personales” anterior).
• Documentación justificativa de los gastos abonados desempeño de la función específica de relación
(teniendo en cuenta que los mismos serán siempre a nombre representativa de la Institución, siempre que los
de la UMH), excepto por dietas de manutención en su caso. mismos redunden en beneficio o utilidad de la misma.
• Copia del Acta de grado, si se trata de Tribunales de Tesis, o
del Acta de Provisión de Plazas o Certificado de conformidad ARTÍCULO 49. Competencias
por el Director/a del Centro persona responsable del acto
realizado, de la Ponencia, Conferencia, etc.
• En caso de facturas en moneda extranjera, sería conveniente Podrán ser organizadas estas atenciones por el Rector
que se aportase documento bancario acreditativo del tipo de y los miembros del Consejo de Dirección en ejercicio
cambio aplicado. Dicho importe podrá abonarse en Euros. de las competencias delegadas, Presidente del
Consejo Social, y Decanos/as y Directores/as de
ARTÍCULO 47. Personal no vinculado a la UMH Escuela Departamento e Institutos Universitarios de
Investigación, que tengan la necesidad de realizar
Gastos indemnizables: Tendrá derecho a percibir, al justificadas actividades de Atenciones Protocolarias
finalizar su actuación, la indemnización y/o Representación en el desempeño de sus funciones,
correspondiente a los siguientes gastos: siempre que dichos gastos redunden en beneficio o
utilidad de la Universidad. Deberán ajustarse en todo
• Dietas de manutención. caso, a la mayor o menor relevancia del acto
• Gastos de alojamiento y transporte debidamente
documentados, incluidos taxis desde/hasta (ceremonias, recepciones, efemérides, etc.), y serán
estaciones, aeropuertos o puertos. siempre motivados, justificados y razonables.
• En el caso de las Comisiones o Tribunales, la duración
máxima de la misma, salvo circunstancia especial y ARTÍCULO 50. Requisitos
debidamente acreditada, no podrá ser superior a tres
días, que comprenderán el día de desplazamiento La realización de gastos protocolarios y de
desde la residencia habitual, el de celebración del acto representación han de reunir necesariamente las
y el de retorno. siguientes condiciones:
Los gastos no documentados serán abonados a la a) Que exista crédito suficiente y adecuado en la partida
recepción de los correspondientes justificantes, presupuestaria correspondiente a este fin debiéndose
mediante transferencia bancaria a la cuenta que el imputar al económico 22601.
comisionado indique.
b) Que se trate de una representación institucional,
considerada como necesaria, para la atención de
personas ajenas a la Universidad (debe indicarse la
CAPÍTULO III: ATENCIONES PROTOCOLARIAS Y DE entidad a la que pertenecen y su puesto o cargo en la
REPRESENTACIÓN misma).
ARTÍCULO 48. Concepto c) Deben perseguir una finalidad institucional, es decir,
relacionada con los fines de la Universidad, y en el
Se entienden como gastos de representación o ejercicio de las competencias de representación
protocolarios los destinados a comidas, obsequios y atribuidas o delegadas en su ejercicio.
otros de naturaleza semejante que las autoridades
universitarias deban realizar en el desempeño de las d) Que sean motivados por una actuación que redunde
funciones derivadas de la representación institucional claramente en beneficio o utilidad de la Universidad
que ostentan. (básicamente académicas y/o económicas), en virtud
de la vinculación del gasto a las necesidades públicas.
Con carácter general, serán considerados GASTOS DE e) Que sea necesario, proporcionado e idóneo para la
PROTOCOLO los gastos originados por ceremonias y consecución del beneficio perseguido (principio de
recepciones oficiales de carácter institucional, eficiencia en la gestión del gasto público).
teniendo tal consideración la realización de actos cuya
regularidad y protocolo estén consagrados por
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