Page 331 - 2024 TOMO II (noviembre)
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considerable. - Mobiliario: mesas, sillas, taburetes,
- Los bienes inmuebles se inventariarán de sofás, sillones, armarios no empotrados,
forma individual e independientemente, taquillas, archivadores, cajoneras
los solares y los edificios. registradas independientemente y
estanterías. No estando incluido en este
Artículo 12. Bienes inventariables. concepto de mobiliario, elementos tales
1. Con independencia de la forma de adquisición como: silla de ruedas, muletas,
y procedencia de los fondos, se inventariarán andadores, camillas, y en general
todos los bienes y derechos que integran el aquellos bienes muebles análogos,
patrimonio de la Universidad, de conformidad específicos para la asistencia a la
con lo establecido en la presente Normativa. movilidad.
2. Los bienes muebles a inventariar deben tener - Grandes electrodomésticos: cocinas,
un valor unitario igual o superior a 300,00 euros, hornos, lavadoras, secadoras,
IVA excluido, salvo los asociados a proyectos de frigoríficos, congeladores, lavavajillas,
financiación externa que deban quedar termos y calentadores.
incorporados en el Inventario por mandato del 2.3. Aquellas adquisiciones que se
órgano financiador. incorporen a bienes muebles, que ya
2.1. Serán inventariables aquellos bienes estén inventariados y que supongan un
muebles que cumplan los dos requisitos aumento de su capacidad productiva o
siguientes: un alargamiento de su vida útil se
a) Que no sea fungible: vida útil superior calificarán de mejoras inventariables,
a un año y no se consuma por el uso. con independencia de su valor.
b) Valor unitario total igual o superior a 3. Se incluirán como bienes inmuebles a
300,00 euros, IVA excluido (transportes, inventariar los terrenos, bienes naturales y
seguros, y gastos de instalación hasta su construcciones.”
puesta en funcionamiento, incluido).
2.2. Sin perjuicio de lo expuesto Artículo 13. Bienes no inventariables.
anteriormente, regirán las siguientes No serán inventariables los bienes muebles:
excepciones, que se incluirán en el
Inventario de Bienes de la Universidad en a) No fungibles cuyo valor unitario sea
todo caso, con independencia de su valor: inferior a 300,00 euros, IVA excluido, salvo
- Patrimonio cultural: circunscrito a lo las excepciones que debidamente motivadas
que el Plan General de Contabilidad sean de interés estratégico y/o patrimonial
Pública, PGCP (Orden EHA/1037/2010, para la universidad, y autorizadas
de 13 de abril), en su apartado Normas de expresamente por Gerencia, previo informe
reconocimiento y valoración, define del Servicio de Gestión Presupuestaria y
como patrimonio histórico, que “está Patrimonial.
constituido por aquellos elementos b) Fungibles, es decir, que se consuman con
patrimoniales muebles o inmuebles de el uso, sea cual fuere su aplicación,
interés artístico, histórico, independientemente de su coste o cuya vida
paleontológico, arqueológico, útil sea inferior a un año.
etnográfico, científico o técnico, así como
el patrimonio documental y bibliográfico, Considerando como material fungible:
los yacimientos, zonas arqueológicas, a) El material para repuestos o piezas para
sitios naturales, jardines y parques que sustituciones.
tengan valor artístico, histórico o b) El material fungible de vidrio de laboratorio.
antropológico”. c) Ciertos bienes que han de entenderse como
material de oficina no inventariable, tales como
- Equipos para procesos de información: papeleras, flexos, percheros, bandejas o conjuntos
unidades centrales (CPU), monitores, de archivo en plástico, carritos de transporte, carros
televisores, ordenadores portátiles, de carpetas colgantes, pequeñas etiquetadoras,
teléfonos móviles, tablets, impresoras, grapadoras, y en general el pequeño y común
material de oficina, que no supere los 300,00 euros
escáneres y equipos multifunción. IVA excluido.
- Equipos de alimentación ininterrumpida d) Libros, revistas y otras publicaciones que serán
(SAI´S). catalogados por las Bibliotecas.
- Equipos audiovisuales: proyectores y e) Los bienes particulares que sean de propiedad de
las personas que desempeñan su trabajo en la
pantallas de proyección. Universidad.
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