Page 330 - 2024 TOMO II (noviembre)
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                  2. Cuando la adquisición de bienes se produzca   Artículo 10. Datos identificativos.
                  de forma centralizada, éstos se asignarán     Los datos mínimos que se incluyen en el
                  provisionalmente al servicio que gestione la   inventario son los siguientes:
                  adquisición. Una vez efectuada la asignación   a) Con carácter general, la forma jurídica de
                  definitiva, será notificada al Servicio de Gestión   adquisición, así como las fechas de recepción y
                  Presupuestaria y Patrimonial.                  puesta en funcionamiento del elemento.
                                                                 b) Como datos descriptivos, una breve
                  Artículo 8. Asignaciones de bienes y derechos   descripción del bien,  haciendo constar  sus
                  comunes.                                       datos  más   relevantes  a  efectos  de
                  Los bienes y derechos comunes se asignarán de   identificación, entre ellos, marca, modelo,
                  la siguiente forma:                            número de serie,  y  unidades organizativas y
                     a) Las instalaciones y equipos generales de   económicas del bien en su caso.
                     los edificios y los campus serán asignados al   c) En cuanto a ubicación,  determinación del
                     vicerrectorado competente en la materia.    campus, o, en su caso, edificio, planta y local
                     b) Las instalaciones de comunicaciones y    en que se encuentra el bien, así como la
                     servidores de aplicaciones generales u      persona responsable del mismo.
                     ofimática serán asignados al vicerrectorado   d) Valor económico del bien y, en su caso,
                     competente en la  materia a través de su    número de justificante de gasto o número de
                     servicio especializado en la gestión con    expediente de patrimonial.
                     independencia de su ubicación.              e) Datos de mantenimiento y/o conservación,
                     c)  Los  bienes de Patrimonio  Cultural serán   y garantía del bien.
                     asignados al vicerrectorado competente en   f) Observaciones relativas a auditoría, datos de
                     la materia a través de su  servicio         proveedores y otros datos que  puedan
                     especializado  en  la   gestión  con        resultar de interés, tales como plazos de
                     independencia de su ubicación.              amortización.
                                                                 g) En el caso de bienes patrimoniales afectados
                  Artículo 9. Etiquetas identificativas.         por la legislación vigente  en materia de
                  1.-  La etiqueta identificativa de los bienes   derechos de autoría,  ficha técnica completa,
                  inventariados puede ser física o lógica. La regla   datos  y documentación relativa a la posible
                  general es el etiquetado físico de los  bienes   explotación de su imagen por parte de la UMH.
                  inventariables que  permita su  identificación y
                  control. Como excepción se utilizará la etiqueta   CAPÍTULO II. ALTA DE INVENTARIO
                  lógica en aquellos bienes en los que por  sus
                  características no sea posible o conveniente   Artículo 11. Criterios generales de inventario.
                  adherir físicamente una etiqueta, así como en   El alta de bienes en el  inventario de la
                  aquellos bienes que sean  inventariados en    Universidad, es un proceso que supone la
                  grupo.                                        incorporación de un bien al inventario,
                  2.-  Los activos se identificarán con etiquetas   introduciendo todos  los datos  posibles  que
                  autoadhesivas, con el número de inventario,   permitan su completa identificación. Cada bien
                  que constituirán la identificación numérica del   incorporado al inventario tiene asignado un
                  activo a lo largo de su vida útil en la Universidad.   número que lo identificará  y que  se asignará
                  Las etiquetas físicas deben quedar bien       mediante una etiqueta.
                  adheridas y  se colocarán en los bienes,
                  siguiendo unos  criterios  de etiquetado, tales   El inventario de los bienes podrá realizarse de
                  como: elegir  el mismo sitio del bien donde   forma individual o en grupo:
                  etiquetar  para  cada clase  de  elementos;       - Los bienes muebles se inventariarán de
                  procurar que sea un lugar discreto pero de fácil   forma individual, siempre y  cuando sean
                  acceso y visibilidad; elegir sitios planos, evitando   susceptibles  de  poder  moverse  o
                  superficies curvas que dificulten su lectura, así   separarse, y en grupo cuando sea un
                  como evitar sitios que desprendan calor o estén   conjunto  de   bienes  fijos,  unidos
                  expuestos a mucho contacto; colocar en la parte   físicamente entre sí de forma permanente,
                  frontal o lateral del bien, que permita en todo   o se destinen al equipamiento completo de
                  caso la visibilidad de la etiqueta, o bien al lado   un edificio de la Universidad y  que en
                  de la marca o código de serie del bien.           conjunto   supongan   una   inversión



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