Page 210 - 2024 TOMO II (noviembre)
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CAPÍTULO III                                    La aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido a las
               RÉGIMEN ECONÓMICO                               actividades realizadas en el marco de las Cátedras de
                                                               Empresa  dependerá de  la naturaleza de estas
                                                               actividades.
               ARTÍCULO 14. Financiación de la Cátedras
                                                               ARTÍCULO 16. Tratamiento de los costes indirectos
               Las Cátedras contarán, para el  desarrollo de  sus
               actividades,  preferentemente,  con  financiación  La contribución a los gastos generales de la UMH de las
               específica  cuyo importe y condiciones  vendrán   aportaciones realizadas en el marco de las Cátedras de
               determinados en el Acuerdo de aprobación o Convenio   Empresa será aquella que corresponda en función de la
               de creación, según corresponda.                 naturaleza de las actividades que se estén financiando,
                                                               según lo dispuesto en las normas internas de la UMH.
               La aportación económica mínima  por  parte  de las
               empresas o entidades colaboradoras  será de 30.000   Aquel porcentaje  de  la contribución a los  gastos
               euros anuales para las Cátedras de Empresa y de 10.000   generales que, según las normas internas, corresponda al
               euros anuales para las Cátedras de Mecenazgo, excluidos   departamento o instituto universitario  se asignará  al
               en  ambos  casos aquellos impuestos que resulten de   departamento / instituto al que esté adscrita la Cátedra.
               aplicación.  El Consejo de Gobierno podrá  acordar
               anualmente la modificación de estos importes.    En el  caso de  las Cátedras de Mecenazgo,  las
                                                               aportaciones de las empresas o entidades colaboradoras
               En  particular,  la financiación de las Cátedras   quedarán exceptuadas de  contribuir a los gastos
               Institucionales podrá proceder de:              generales de la UMH dado el carácter desinteresado de
                                                               las mismas.
                •   Las partidas que, en su caso, destine la Universidad.
                                                               En caso de que entidades públicas o privadas realicen
                •   Las aportaciones que, a estos fines, se establezcan en los
                   convenios  firmados por la Universidad  con otras   aportaciones  desinteresadas  a  las  Cátedras
                   entidades públicas o privadas.              Institucionales, estas aportaciones recibirán el mismo
                                                               tratamiento que las efectuadas en el marco de las
                •   Aquellas otras contribuciones  de entidades  públicas o   Cátedras de Mecenazgo.
                   privadas que secunden las actividades de la Cátedra.
                                                               CAPÍTULO IV
                •   Las tasas  y cuotas  de  inscripción a los cursos y otras   DIFUSIÓN
                   actuaciones desarrollados en el ámbito de la Cátedra.

               ARTÍCULO 15. Tratamiento fiscal                 ARTÍCULO 17. Compromisos de difusión de la UMH

               Aquellas empresas que  efectúen aportaciones    La UMH se compromete a comunicar públicamente la
               económicas  para  la realización de actividades de   creación de las Cátedras, así como a incluir la información
               investigación, desarrollo e innovación en el marco de las   relativa a las mismas en la página web de la Universidad
               Cátedras de Empresa podrán acogerse a los incentivos   y en sus memorias anuales. Asimismo, la UMH podrá
               fiscales previstos en la legislación aplicable al Impuesto   agradecer la colaboración de las empresas o entidades
               sobre Sociedades,  siempre que dichas aportaciones   participantes en las Cátedras mediante aquellos actos de
               cumplan los requisitos establecidos en esta legislación.   reconocimiento que estime oportunos.

               Las  aportaciones de  las  empresas o entidades   DISPOSICIÓN ADICIONAL: Cátedra colaborativa
               colaboradoras a las Cátedras de Mecenazgo y, en su caso,
               a las Cátedras Institucionales podrán  conllevar los   Se habilita al/la  vicerrector/a con competencias en
               incentivos fiscales previstos en la legislación aplicable en   Relaciones  Institucionales a proponer al  Consejo  de
               materia de mecenazgo, siempre que dichas aportaciones   Gobierno de la Universidad Miguel Hernández la creación
               cumplan los requisitos establecidos en esta legislación.   de otras cátedras no amparadas por este reglamento,
                                                               con instituciones, fundaciones o empresas avaladas por



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