Page 276 - 2023 TOMO II (OCT)
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Cada curso contará con un/a coordinador/a en el caso
               III. CURSOS CON (CO) FINANCIACIÓN EXTERNA      de que sea impartido por más de un/a docente, y/o en
                                                              el caso de que sea impartido por una o más personas
               1. Cursos con financiación externa completa    que no pertenezcan a la comunidad universitaria.
                 o Precio  por  cuso  25  h:  1.500€  (más  gastos
                 extraordinarios, en su caso).                No es obligatorio asignar gastos de coordinación. Será
                 o En el caso de cursos con financiación que cubran   la  coordinación  quien  proponga,  en  su  caso,  este
                 gastos   totales   del   mismo,   éstos   podrán,   gasto. La remuneración, que será propuesta una vez
                 excepcionalmente,  tener  un  carácter  gratuito  a   liquidados  la  totalidad  de  los  gastos  del  curso,  no
                 demanda del solicitante.                     podrá  ser  superior  al  10%  del  total  de  ingresos  del
                                                              curso. En todo caso, se establece como tope máximo
                                                              la cantidad de 150€ por curso y siempre respetando el
               2. Cursos con financiación externa parcial     cumplimiento del punto 1 de esta normativa.
                 o ‐Precio por curso 25 h: entre 500 y 1.000€ (más
                 gastos extraordinarios, en su caso).          2. Gastos de dirección:
                 o ‐En  el  caso  de  cursos  con  cofinanciación  que
                 cubran parcialmente los gastos del mismo, esto es,   Los  cursos  denominados  de  extensión  universitaria,
                 por  importe  inferior  a  1.500€  Euros  (más  gastos   bajo la articulación de “cursos de invierno”, “cursos de
                 extraordinarios  en  su  caso);  deberá  financiarse  la   verano”  u  otros,  podrán  contar  con  un  director  o
                 diferencia al menos, con la emisión de Recibos por   directora (director/a de cursos de invierno, director/a
                 inscripción, estableciéndose en este caso, el número   de cursos de verano, otros). Su remuneración no será
                 mínimo  de  inscripciones  necesarias  para  la   superior al 10% del total de ingresos de los cursos que
                 celebración del curso.                       dirija, independientemente de las retribuciones que se
                                                              tengan asignadas por docencia en el mismo. En todo
               IV. SOBRE LA COORDINACIÓN                      caso,  y  salvo  casos  excepcionales  justificados,  se
                                                              establece como tope máximo la cantidad de 6.000 €
               1. Gastos de coordinación:                     por curso académico.






































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