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Con carácter excepcional, por causas debidamente e) Estar incluido en los programas que en materia
motivadas, y, previo acuerdo con el trabajador, se de salud laboral y prevención de riesgos se
podrá llevar a cabo la modificación del contrato. lleven a cabo desde el Servicio de Prevención
de Riesgos Laborales de la Universidad
Artículo 12. Finalización del contrato.
f) Hacer uso de las instalaciones y servicios
El contrato finalizará en la fecha indicada por el universitarios en condiciones de igualdad con el
Investigador responsable en la propuesta de resto de personal de la Universidad.
contratación. Si la obra o servicio no hubiera
finalizado en esa fecha y se hiciera necesario g) Participar en las convocatorias de ayudas a la
prorrogar el contrato, el investigador principal investigación que, con carácter genérico,
comunicará al Servicio de Personal de publique la Universidad.
Administración y Servicios la necesidad de prórroga.
h) A la propiedad industrial e intelectual de
CAPITULO III.‐DERECHOS Y DEBERES acuerdo a lo previsto en el artículo 165 de este
Reglamento.
Artículo 13.‐ Deberes del investigador responsable
de la actividad i) El resto de derechos mencionados en el artículo
14 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la
El investigador responsable de la actividad de Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como
investigación adoptará las medidas necesarias en los previstos en las normas específicas que les
orden al cumplimiento de las obligaciones generadas pudieran resultar de aplicación.
por los contratos previstos en el presente
reglamento. Artículo 15.‐ Deberes del personal investigador y
personal colaborador en tareas de investigación.
Artículo 14.‐ Derechos del personal investigador y
personal colaborador en tareas de investigación. Sin perjuicio de los deberes establecidos con
carácter general por la normativa vigente aplicable,
Sin perjuicio de los derechos establecidos con y de las especificidades derivadas de su situación
carácter general por la normativa vigente aplicable, jurídica, son deberes de este personal:
y de las especificidades derivadas de su situación
jurídica, son derechos de este personal: a) Realizar las actividades previstas en sus
programas de formación y/o especialización, en
a) Estar integrado en los servicios, su caso, y cumplir los objetivos con
departamentos, institutos, o aquellas otras aprovechamiento.
estructuras creadas por la Universidad.
b) Ajustarse al régimen interno o de
b) Obtener la colaboración y el apoyo necesarios funcionamiento de la Universidad Miguel
para el desarrollo normal de sus tareas, Hernández de Elche, especialmente en cuanto a
facilitándole el acceso a las instalaciones y a la condiciones de trabajo y normas de prevención
utilización de los medios, instrumentos o de riesgos laborales.
equipos que se precisen para el normal
desarrollo de su actividad. c) Observar confidencialidad con respecto a los
datos o información de carácter científico,
c) Participar, en la forma prevista en los Estatutos técnico o comercial a los cuales pudiese acceder
de la Universidad Miguel Hernández de Elche, durante el desarrollo de sus actividades, de
en sus órganos de gobierno y representación. acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de este
Reglamento. El incumplimiento de esta
d) Ver acreditada su condición mediante el carné
obligación, así como la utilización indebida de la
universitario correspondiente.
información, implicará incurrir en las
responsabilidades que resulten procedentes, y
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