Page 265 - 2023 TOMO II (OCT)
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Con carácter excepcional, por causas debidamente   e) Estar incluido en los programas que en materia
               motivadas, y, previo acuerdo con el trabajador, se   de  salud  laboral  y  prevención  de  riesgos  se
               podrá llevar a cabo la modificación del contrato.    lleven a cabo desde el Servicio de Prevención
                                                                    de Riesgos Laborales de la Universidad
               Artículo 12. Finalización del contrato.
                                                                  f)  Hacer  uso  de  las  instalaciones  y  servicios
               El  contrato  finalizará  en  la  fecha  indicada  por  el   universitarios en condiciones de igualdad con el
               Investigador  responsable  en  la  propuesta  de     resto de personal de la Universidad.
               contratación.  Si  la  obra  o  servicio  no  hubiera
               finalizado  en  esa  fecha  y  se  hiciera  necesario   g) Participar en las convocatorias de ayudas a la
               prorrogar  el  contrato,  el  investigador  principal   investigación  que,  con  carácter  genérico,
               comunicará   al   Servicio   de   Personal   de      publique la Universidad.
               Administración y Servicios la necesidad de prórroga.
                                                                  h)  A  la  propiedad  industrial  e  intelectual  de
               CAPITULO III.‐DERECHOS Y DEBERES                     acuerdo a lo previsto en el artículo 165 de este
                                                                    Reglamento.
               Artículo 13.‐ Deberes del investigador responsable
               de la actividad                                    i) El resto de derechos mencionados en el artículo
                                                                    14  de  la  Ley  14/2011,  de  1  de  junio,  de  la
               El  investigador  responsable  de  la  actividad  de   Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como
               investigación  adoptará  las  medidas  necesarias  en   los previstos en las normas específicas que les
               orden al cumplimiento de las obligaciones generadas   pudieran resultar de aplicación.
               por  los  contratos  previstos  en  el  presente
               reglamento.                                     Artículo  15.‐  Deberes  del  personal  investigador  y
                                                               personal colaborador en tareas de investigación.
               Artículo 14.‐ Derechos del personal investigador y
               personal colaborador en tareas de investigación.   Sin  perjuicio  de  los  deberes  establecidos  con
                                                               carácter general por la normativa vigente aplicable,
               Sin  perjuicio  de  los  derechos  establecidos  con   y  de  las  especificidades  derivadas  de  su  situación
               carácter general por la normativa vigente aplicable,   jurídica, son deberes de este personal:
               y  de  las  especificidades  derivadas  de  su  situación
               jurídica, son derechos de este personal:           a)  Realizar  las  actividades  previstas  en  sus
                                                                  programas de formación y/o especialización, en
                  a)   Estar   integrado   en   los   servicios,   su  caso,  y  cumplir  los  objetivos  con
                   departamentos,  institutos,  o  aquellas  otras   aprovechamiento.
                   estructuras creadas por la Universidad.
                                                                  b)  Ajustarse  al  régimen  interno  o  de
                  b) Obtener la colaboración y el apoyo necesarios   funcionamiento  de  la  Universidad  Miguel
                   para  el  desarrollo  normal  de  sus  tareas,   Hernández de Elche, especialmente en cuanto a
                   facilitándole el acceso a las instalaciones y a la   condiciones de trabajo y normas de prevención
                   utilización  de  los  medios,  instrumentos  o   de riesgos laborales.
                   equipos  que  se  precisen  para  el  normal
                   desarrollo de su actividad.                    c) Observar confidencialidad con respecto a los
                                                                  datos  o  información  de  carácter  científico,
                  c) Participar, en la forma prevista en los Estatutos   técnico o comercial a los cuales pudiese acceder
                   de la Universidad Miguel Hernández de Elche,   durante  el  desarrollo  de  sus  actividades,  de
                   en sus órganos de gobierno y representación.    acuerdo a lo establecido en el artículo 16 de este
                                                                  Reglamento.  El  incumplimiento  de  esta
                  d) Ver acreditada su condición mediante el carné
                                                                  obligación, así como la utilización indebida de la
                   universitario correspondiente.
                                                                  información,   implicará   incurrir   en   las
                                                                  responsabilidades  que  resulten  procedentes,  y


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