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será exigible directamente al causante la contratos/convenios suscritos previamente con
indemnización de los daños y perjuicios terceros.
ocasionados.
En aquellos supuestos en los que la Universidad no
d) Respetar y hacer un buen uso del patrimonio y hubiera contraído una obligación de
las instalaciones de la Universidad Miguel confidencialidad previa, el personal investigador y
Hernández de Elche. personal colaborador en investigación quedará
obligado a la confidencialidad durante los dos años
e) Comunicar al Vicerrectorado competente en siguientes a la finalización de su vinculación con la
materia de investigación cualquier cambio o Universidad.
incidencia relativas a las condiciones necesarias
para la concesión de la ayuda que dio origen a la Artículo 17.‐ Colaboración en la docencia
formalización del contrato, si procede, o aquellas
que afectan al normal desarrollo de la misma. El personal investigador de la Universidad Miguel
Hernández de Elche podrá colaborar en tareas
f) Cumplir las obligaciones generales derivadas docentes en materias relacionadas con su actividad
de la normativa vigente sobre ayudas o investigadora hasta un máximo de 80 horas al año,
subvenciones públicas, en su caso. sin que en ningún caso pueda desvirtuarse la
finalidad investigadora de su vinculación a la
g) El resto de deberes mencionados en el artículo
Universidad Miguel Hernández de Elche, en el marco
15 de la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la
de una tutela académica.
Innovación, así como los previstos en las normas
específicas que pudieran resultar de aplicación Para ello, este personal deberá solicitar la
autorización a los vicerrectorados con competencia
Artículo 16.‐ Derechos de propiedad
en las materias de investigación y docencia, con
industrial/intelectual y confidencialidad
especificación de las tareas encomendadas, su
duración y con las conformidades previas del
1.‐ Propiedad industrial e intelectual sobre los
investigador responsable, y del director del
resultados
Departamento, como representante del Consejo de
Con relación a los derechos de propiedad industrial Departamento, o del Director del Instituto, en
e intelectual sobre los resultados generados durante función de la adscripción de la docencia.
su vinculación con la Universidad y en el año
La docencia impartida podrá ser certificada, a
posterior a la misma, se estará a lo establecido en la
petición del interesado, por la Secretaría General de
Normativa de la Universidad Miguel Hernández de
la Universidad Miguel Hernández de Elche.
Elche sobre Derechos de Propiedad Industrial e
Intelectual y, subsidiariamente, a la legislación Artículo 18.‐ Colaboración en otras actividades
reguladora de la materia a nivel estatal.
El personal investigador y personal colaborador
2.‐ Confidencialidad podrá colaborar en otras actividades de las reguladas
en el artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades.
El personal investigador y el personal colaborador en
tareas de investigación se compromete a mantener
confidencialidad sobre la información a la que
pudiera tener acceso en el desempeño de su Para ello, el interesado deberá contar con la
actividad en la Universidad. autorización del vicerrectorado con competencias en
materia de investigación. En la solicitud de
Esta obligación de confidencialidad se mantendrá en autorización, en la que se recogerá el VºBº del
vigor durante el periodo necesario para que la investigador responsable de su actividad principal, se
Universidad pueda otorgar total cumplimiento a la hará constar de forma expresa la ausencia de
misma de acuerdo a lo establecido en conflicto de intereses entre la actividad principal y
aquella para la que solicita la colaboración, así como
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