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ANEXO VII: CRITERIOS A APLICAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CIERRE
PRESUPUESTARIO
Facturas por cuantía inferior a 5.000,00 Euros cuya
Hacia el final del ejercicio se recomienda indicar a los fecha de emisión esté comprendida entre el 25 de
proveedores que adelanten las facturas de las compras noviembre y el 31 de diciembre del ejercicio saliente.
o los servicios a realizar durante el mes de diciembre Pagos a personal ajeno por cuantía inferior a 5.000,00
o, en su caso, que éstos preparen dichas facturas en el Euros, cuya fecha de prestación esté comprendida
ejercicio entrante. entre el 1 y el 31 de diciembre del ejercicio saliente.
Dietas, liquidaciones y traslados por cuantía inferior a
Por el artículo 5 de las Normas de Ejecución y 5.000,00 Euros cuya fecha de realización esté
Funcionamiento del Presupuesto, el procedimiento comprendida entre el 15 de noviembre y el 31 de
especial de regularización se iniciará mediante diciembre del ejercicio saliente.
solicitud normalizada de autorización de imputación
de gastos contraídos durante el ejercicio anterior, Estos pagos se verán afectados por la limitación en
dirigida al Vicegerente de Asuntos Económicos quien, cuanto a su cuantía establecida para pagos por caja fija
a su vez, la elevará a la Gerente. Este procedimiento que asciende a 5.000,00 euros (impuestos excluidos).
tendrá como fecha límite de entrada en Vicegerencia
2.‐PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN
la del 31 de marzo de 2022, no aceptándose, en ningún
caso, solicitudes llegadas con posterioridad.
Solicitud de autorización rectoral para imputación de
gastos de ejercicio anterior a créditos del ejercicio
Se efectuará una incorporación provisional de
corriente, en aquellos casos no previstos en el punto 1.
remanentes del 50% sobre el Crédito Disponible
Cualquier otra situación, sin perjuicio de la
existente en proyectos I+D+I que presenten a 31 de
responsabilidad directa del Responsable de los
diciembre un Crédito Disponible superior a 5.000,00
Créditos, requerirá de su motivación para la
Euros
extraordinaria aplicación de este procedimiento
especial, y autorización de la Gerente.
1.‐TRAMITACIÓN ESPECIAL DE APERTURA DEL
Al inicio de ejercicio entrante, el Servicio de Gestión
EJERCICIO
Presupuestaria y Patrimonial, habilitará un expediente
para cada uno de los apartados del punto 1, así como
Se aceptará en las primeras cajas fijas del ejercicio
un expediente para el punto 2; a los que se deberá
entrante, con fecha límite de entrada en el CEGECA en
imputar los gastos afectados por estas tramitaciones
el mes de Marzo (en los términos que se indiquen en
especiales.
la Circular de Apertura):
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