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enlazados. Realizada la validación, el CEGECA remitirá   Reserva de Crédito: Cada unidad orgánica imputará un
               al Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial.   único  expediente  de  Reserva  de  crédito
                                                              correspondiente al  consumo del mes, a enlazar al
               Aquellas  facturas internas emitidas por Centros   Expediente de Reserva de Crédito habilitado para esa
               Emisores de Facturas Internas, que no sean objeto de   mensualidad,  antes del día  15 del mes siguiente al
               generación de crédito.                         consumo.
               Con periodicidad quincenal, remitirán  propuesta de
               modificación presupuestaria que incluya aquellas   El  expediente de  reserva será custodiado en las
               facturas internas emitidas  por Centros de  Gastos   propias unidades orgánicas y se remitirá por correo
               Específicos autorizados para su emisión, con detalle en   electrónico  al Servicio de  Gestión Presupuestaria y
               la clasificación Orgánica.                     Patrimonial para la comprobación de su  correcta
                                                              imputación. De no imputarse en plazo el Expediente
               El Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial   de Reserva de Crédito, se procederá a la imputación
               procederá al Pago, archivo y custodia de toda la   directa del gasto a los créditos de la correspondiente
               documentación correspondiente a las facturas   Unidad Orgánica.
               internas, previa las tramitaciones presupuestarias que
               puedan corresponder.                           En los casos de imputaciones de gastos pendientes de
                                                              imputar de ejercicios anteriores, se procederá a
               Los precios unitarios a indicar en las facturas internas   imputar de oficio al crédito inicial de la Unidad
               deberán corresponder a las tarifas aprobadas por el   Orgánica del ejercicio corriente.
               Consejo Social, y vigentes en el año de emisión de la
               misma.                                         Consumo Telefónico:

               Aquellas Facturas Internas pendientes de asociar a
               Justificante de Gasto al final del ejercicio, deberán ser   Información  de  Consumos  a  Usuarios:
               borradas de la aplicación, procediéndose a su emisión   Mensualmente,  Servicio   de  Infraestructura
               en el nuevo ejercicio presupuestario.          Informática  facilitará a los Usuarios, la información
                                                              detallada de los consumos.
               ARTÍCULO 25: Gastos Centralizados
               Los gastos de carácter centralizado serán pagados   Imputación del Consumo: Durante el mes de enero,
               desde la partida presupuestaria dotada con carácter   Servicio  de Infraestructura  Informática  remitirán
               general, regularizando la imputación individual a cada   informe de consumos reales del ejercicio anterior por
               unidad orgánica, o actividad finalista; previa   líneas asignadas a profesor y partida presupuestaria
               tramitación  de   la   oportuna   modificación  de imputación, agrupadas por Unidad Orgánica; al
               presupuestaria de Generación de Crédito dotando   Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial, para
               crédito en la partida centralizada de pago, previa   su  imputación  centralizada  según la  estimación de
               tramitación de documento contable ADO con      consumo del ejercicio  corriente (en  atención a la
               Descuento, sobre las partidas específicas de   ejecución del anterior) así como de los cargos de
               imputación del gasto.                          líneas móviles acogidas a la modalidad de Tarifa Plana
                                                              (en los términos indicados en el Anexo T-XXVI Copago
               Casos Particulares:                            Telefónica Móvil), regularizándose las variaciones que
                                                              sobre la imputación  del  ejercicio anterior, bien por
               Coste del servicio centralizado de gestión de   exceso de gasto mensual, o por baja de línea durante
               impresión:                                     el año. Igualmente, si hubiere gastos adicionales no
                                                              aplicados se regularizarán, centralizadamente,  en el
                                                              presupuesto siguiente.
               Específicamente, para la  imputación del gasto
               producido por el servicio centralizado de gestión de
               Impresión, se seguirá el procedimiento siguiente:   Coste del servicio de correos:

               Información de Consumo: Servicio de Infraestructura   Específicamente, para la  imputación del gasto
               Informática  facilitará a los  Usuarios del  servicio de   producido por el servicio de correos, se seguirá el
               gestión de impresión, información detallada de los   procedimiento siguiente:
               consumos el día 1 de cada mes. Así mismo, remitirá al
               Servicio de Gestión  Presupuestaria  y  Patrimonial,   Consumos: Mensualmente, los usuarios calcularán en
               informe de importes a imputar por Unidad Orgánica.   base a sus envíos, el importe de los consumos
                                                              realizados.


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