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Norma General: 10,7%                             25% Dpto./Inst., 25% IP,
                                                         Norma  Especial:  coste  indirecto  específico  fijado  por  50% Vicerrectorado  Competente  (excluido  el  0,7%,
                              Investigación   Científica   y
                    541                                  organismo concesor.                              que  será  revertido  anualmente  para  impulsar
                              Técnica
                                                                                                          actividades de Cooperación al Desarrollo).






                                                         Norma General: 10,7%
                                                         Norma  Especial:  coste  indirecto  específico  fijado  por  25% Dpto./Inst., 25% IP,
                                                         organismo concesor.                              50% Vicerrectorado  Competente  (excluido  el  0,7%,
                                                         Contratos en los que la titularidad de los resultados sean  que  será  revertido  anualmente  para  impulsar
                                                         propiedad de la empresa: 13,2%                   actividades de Cooperación al Desarrollo).
                                                         Cátedra de Empresa: el que corresponda en función de la
                              Investigación   Aplicada   y
                    542                                  naturaleza de las actividades que se estén financiando
                              Transferencia
                                                         Cátedra de Mecenazgo: 0%
                                                         Derechos Patentes:
                                                                  20%.  Gastos  de  Protección  de  Patentes  a   50% Dpto. /Inst.
                                                                    cuenta Equipo Investigador.           50 %  Vicerrectorado Competente
                                                                  50%.  Gastos  de  Protección  de  patentes  a
                                                                    cuenta Universidad

               (*): Resultarán de aplicación, con carácter supletorio a lo establecido en el punto 3.1. “Aplicación Preferente”, salvo autorización del reconocimiento establecido en el punto 3.3. “Aplicación Reducida”














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