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a) Tarifas: (T) Se aplicarán las tarifas organismos o personas ajenas a la
incluidas como “tasas y precios públicos” Universidad, que soliciten realizar alguna
en el Apéndice I. En el supuesto de actividad en cualquiera de los espacios de la
plantearse utilización de espacios para los UMH, y que serán validadas por el responsable
que no exista tarifa vigente, para su funcional. El presupuesto debe ser satisfecho
aplicación, deberá aprobarse, previo a su previamente a la realización del acto, con 3
posible uso, la tarifa correspondiente, o días de antelación, como mínimo.
aplicarse aquella que más similitud tenga
en la normativa actual. (Apéndice I) B. PARCIAL:
b) Gastos Extras por los servicios Comprende los siguientes conceptos:
solicitados: (GE) Se aplicarán los precios 50%(T)+(GE)
que figuran en la tabla del Apéndice II. - Tarifas: Previa solicitud, podrá aplicarse
Estos precios se derivarán de los tarifa reducida al 50%, en los términos
correspondientes contratos para la que se recogen en el procedimiento de
prestación de dichos servicios, suscritos esta norma.
por esta Universidad, y en vigor en la fecha
de aprobación del presupuesto. (Apéndice - Gastos Extras por los servicios solicitados:
II). todos los gastos generados como
consecuencia de la realización del acto
c) Tarifa de Sostenibilidad (TS). En caso de tanto directos como indirectos.
uso de espacios, en importe superior al
estimado por coste indirecto, se procederá La actividad no podrá generar ningún tipo de
a realizar una facturación adicional por actividad económica para los organizadores
sostenibilidad, en aquellos casos de (no generan ingresos, precios públicos, ni
actividades que generen ingresos. subvenciones). La reducción podrá ser
solicitada por miembros de la Comunidad
Los cobros recibidos en concepto de las Universitaria, o instituciones sin ánimo de
modalidades a) Tarifas (T) y c) Tarifas de lucro, que soliciten realizar una actividad de
Sostenibilidad (TS), serán aplicados al interés Académico o Universitario. Se deberá
presupuesto general de la Universidad, sin que motivar su necesidad por dicho interés que
en ningún caso pueda ser objeto de justifique la reducción de las tarifas.
generación de crédito.
C. SOLO EXTRAS:
Las posibles modalidades de pago son:
Comprende los siguientes conceptos: (GE)
A. GENERAL:
- Tarifas: Previa solicitud, podrá ser
Comprende los siguientes conceptos: (T)+(GE) autorizada su exención total, en los
términos que se recogen en el
- Tarifas.
procedimiento de esta norma.
- Gastos extras por los servicios generados
como consecuencia de la realización del - Gastos extras por los servicios solicitados:
acto. todos los gastos generados como
consecuencia de la realización del acto.
La modalidad A se dará, con carácter general,
por actividades solicitadas por instituciones,
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