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ejercicio siguiente al de la concesión, debiéndose 1. Desde el Servicio u Oficina especializada
ser este periodo continuo en su ejecución hasta la dependiente del Vicerrectorado competente, se
finalización, sin perjuicio de lo establecido en el comunicará al Servicio de Gestión Presupuestaria
punto 4 anterior para solicitudes macro PAR o y Patrimonial, el centro de gasto con detalle del
CAR. periodo de ejecución, anualidades y costes
elegibles; adjuntándose la Resolución de
Concesión anexa a la propuesta de modificación
6. Excepcionalmente, previa motivación
justificada por el Profesor Responsable, el de transferencias que venga a dotar el crédito al
Vicerrector competente podrá solicitar la ejercicio corriente para facilitar su ejecución
descentralizada anual.
reprogramación de las anualidades de las
respectivas líneas del Programa AR, previo
informe de viabilidad presupuestaria emitido por 2. El Servicio de Gestión Presupuestaria y
el Servicio de Gestión Presupuestaria y Patrimonial habilitará las líneas y partidas
Patrimonial, elevando a resolución del Rector y presupuestarias por beneficiario y funcional, con
posterior informe al Consejo Social. los siguientes criterios de codificación de la
Clasificación Funcional asignada a la línea:
Artículo 16 Habilitación de Partidas
Presupuestarias y Líneas Presupuestarias
Codificación Línea Presupuestaria
Clasificación Funcional
Subfunción Programa Subprograma
(2 dígito) (2 dígitos identificativos últimos
(3 dígitos) Año Finalización AR)
Código
‐ ‐ ‐ R (*) ‐ ‐
Control
(*) R: Indicativo de Actividad Asociada al Programa AR
(**) Código de Control: Indicativo de número de Orden de Actividades que Finalizan en un año determinado. Por defecto, su
valor será “0”, siendo “1” para el caso de un Segundo PAR que finalice en el mismo ejercicio que la anterior, y así sucesivamente.
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