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ANEXO B‐XII: NORMATIVA PAGOS A PERSONAL PROPIO


               1.‐ CONCEPTO
                                                              Las solicitudes de pago al personal colaborador en los
               Son  aquellas  retribuciones  que  puede  percibir  el
                                                              cursos  y  actividades  de  Extensión  Universitaria,  por
               personal vinculado a la Universidad Miguel Hernández   cursos  y  actividades  en  el  área  de  deportes,  y  por
               (funcionarios o contratados), por la participación en   actividades relacionadas con el ámbito de actuación
               las  actividades  extraordinarias  asociadas  a  la   propio de esta Universidad en materia de Relaciones
               investigación  (contratos,  convenios  o  proyectos  de   Internacionales, Cooperación al Desarrollo, gestión de
               investigación), actividades formativas (Enseñanzas de   cátedras  y  demás  actividades  culturales,  requerirán
               Formación  Permanente,  cursos,  etc.)  y  otro  tipo  de
                                                              del VºBº del Vicerrectorado correspondiente para su
               actividades  que  no  puedan  ser  encuadradas  en  las
                                                              tramitación.
               anteriores.

               2.‐ ÁMBITO DE APLICACIÓN                       Las solicitudes de pago asociadas a centros de gasto de
                                                              investigación  (GI)  que  provienen  del  porcentaje  en
                                                              concepto  de  gastos  generales  que  aplica  la
               Será de aplicación al Personal de Técnico de Gestión y
                                                              Universidad  o  a  centros  de  gasto  genéricos  (GR)
               de  Administración  y  Servicios  (PTGAS),  al  Personal
                                                              deberán llevar en todo caso el Vº Bº del Vicerrectorado
               Docente e Investigador (PDI) de la Universidad Miguel
                                                              correspondiente para su tramitación.
               Hernández y al Personal Investigador (PI).

                                                              Las  solicitudes  de  pago  al  personal  de  técnico  de
               3.‐  NORMAS  DE  TRAMITACIÓN  E
                                                              gestión y administración y servicios y al personal de
               IMPUTACIÓN                                     apoyo  administrativo  a  la  investigación,  deberán
                                                              contar con la autorización previa de la Gerencia en los
               Obligatoriedad de gestionar las Propuestas de Pago a   términos   establecidos   en   la   Normativa   de
               Personal  Propio  por  vía  electrónica.  Todas  las   Retribuciones  por  participación  en  actividades
               solicitudes  de  pago  serán  tramitadas  a  través  de  la   extraordinarias dentro del ámbito de la UMH. Antes de
               aplicación informática desarrollada al efecto (acceso   proceder  al  abono  de  la  actividad,  el  Servicio  de
               personalizado: www…), acompañadas del expediente   P.T.G.A.S, comprobará que el tiempo de dedicación a
               de retención de crédito (RC) y del FORMULARIO DE   dicha  actividad  haya  sido  acreditado  de  forma
               PAGO A PERSONAL PROPIO que se incorpora como   fehaciente utilizando el control de presencia. El mismo
               anexo  a  la  presente  normativa.  La  aplicación   sistema  de  control  se  utilizará  cuando  se  trate  de
               informática permitirá una correcta gestión y control   actividades extraordinarias realizadas por el personal
               de todos los pagos objeto de la presente normativa.   de apoyo administrativo a la investigación.

               Las solicitudes de pago que se tramiten con cargo a   Las  actividades  propiamente  de  investigación,  serán
               proyectos,  grupos  de  investigación,  ayudas  a  la   acreditadas  por  el  Director  del  Proyecto  y  las
               investigación,  contratos  del  art.  60  de  la  LOSU  y   actividades de docencia, por el Servicio de Gestión de
               subvenciones  específicas  se  remitirán,  con  carácter   Estudios.
               previo para su comprobación al Servicio de Gestión de
               la  Investigación/Servicio  de  Transferencia  del   Tras  el  VºBº  del  Servicio  de  Gestión  de  la
               Conocimiento y posterior VºBº si procede.      Investigación/Servicio   de   Transferencia   del
                                                              Conocimiento, del Servicio de Gestión de Estudios o
               Las solicitudes de pago por la coordinación, dirección   Vicerrectorado correspondiente, todas las solicitudes
               e impartición de docencia y gestión en el ámbito de   de pago a personal propio tanto del PTGAS, PDI como
               las Enseñanzas Propias de la Universidad, se remitirán,   del  PI,  serán  remitidas  al  Servicio  de  Información
               con carácter previo para su comprobación al Servicio   Contable  y  Gestión  Económica  y  Financiera,
               de Gestión de Estudios y posterior VºBº si procede.   acompañados del expediente de retención de crédito

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