Page 112 - 2025 TOMO II
P. 112
o inscripción de acuerdo con los requisitos, el 3.6. Cuando para el cobro de los precios públicos cuya
procedimiento y dentro de los plazos fijados por devolución se solicite se hubiera emitido por la
la Universidad en la normativa específica de universidad una factura, la devolución requerirá la
aplicación. previa emisión de una factura rectificativa o abono,
de acuerdo a lo previsto para ello en la normativa que
d) Cuando concurra cualquier otra circunstancia regula esta situación.
que determine que el ingreso fue indebido.
3.7. El SICGEF remitirá el expediente a la Gerencia
3.3. El procedimiento podrá iniciarse mediante para su Resolución.
solicitud del interesado o, excepcionalmente, de
oficio. La solicitud del interesado firmada irá dirigida Artículo 4.‐ Devolución de subvenciones,
a la Gerencia, indicando el Centro, Servicio u Oficina transferencias y otras ayudas.
al que corresponda la prestación del servicio. En los
casos en que excepcionalmente se proceda de oficio, 4.1. Para la devolución de subvenciones,
el procedimiento se iniciará con el informe referido transferencias y otras ayudas procedentes de
en el apartado siguiente. entidades de derecho público o privado, y sin
perjuicio de lo establecido en las presentes bases en
3.4. La tramitación del procedimiento corresponderá cuanto a los gastos financiados con ingresos
al responsable del Centro, Unidad, Oficina o Servicio afectados, el procedimiento se realizará a solicitud de
referido en el apartado anterior, el cual emitirá un la unidad gestora de la misma.
informe en el que deberá hacerse constar la causa de
4.2. La solicitud se remitirá al SICGEF, y deberá
la devolución, la liquidación económica procedente,
incorporar, al menos, la siguiente información:
la normativa aplicada y la indicación de la propuesta
de importe a devolver o, en su caso, los motivos por
a) La resolución, comunicación o acto
las que no proceda la devolución, comunicando esto
administrativo del organismo financiador, que
al interesado.
establezca la obligación de reintegrar la
totalidad o parte de la subvención, transferencia
Igualmente, en caso de que se reconozca el derecho
o ayuda percibida.
a la devolución, el tramitador deberá indicar si el
ingreso dio lugar, por cualquiera de los
b) Conformidad del responsable de la gestión de
procedimientos establecidos, a generar crédito en el
los fondos que ponga de manifiesto la no
presupuesto de gasto, debiendo identificar en tal
existencia de motivo de impugnación contra
caso la aplicación presupuestaria de gastos a
aquella o la desestimación de los recursos
disminuir para restablecer el equilibrio económico de
interpuestos.
la operación, y recabar la firma del responsable del
gasto que corresponda en cada caso. c) En el caso de iniciarse el procedimiento de
devolución a iniciativa de la Universidad, se
3.5. Dicho informe, junto con el escrito de solicitud
incorporará una breve memoria del responsable
completo y en su caso, el justificante bancario del
de la gestión de los fondos, descriptiva de la
pago realizado, así como el resto de la
devolución que deba realizarse y de las causas
documentación obtenida en el curso de la tramitación
que la motiven.
del procedimiento, se remitirá al SICGEF para que
verifique la efectiva recaudación del ingreso. No d) Documento contable en fase ADO imputado,
obstante, para la devolución de precios públicos o en su caso RC solicitando BAJA previa al SGPP,
satisfechos mediante terminales de puntos de venta y actualización del Plan Estratégico de
(T.P.V.) en soporte físico o virtual, el justificante del Subvenciones.
pago bancario, serán sustituidos por el
correspondiente comprobante verificado por el Articulo 5.‐ Caso especial de las devoluciones de
Centro, Oficina o Servicio que lo hubiera prestado. ingresos finalistas o con financiación afectada.
Se trata de devoluciones de cursos
112 | Página Presupuesto