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ANEXO  B‐VII:  REGULACIÓN  DE  LAS  DEVOLUCIONES  DE  INGRESOS.  MODELO  DE
              SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS


              Regulación de las devoluciones de ingresos.       de Ejecución y funcionamiento del Presupuesto que
                                                                esté en vigor en el momento de su tramitación.
              Artículo 1. Competencias
                                                                  2.1). ‐ Devoluciones de precios públicos por servicios
              1.1.  De  conformidad  con  la  Resolución  Rectoral   académicos de matrículas correspondientes al curso
              1353/2021  de  delegación  de  competencias,  en  su
                                                                vigente:
              apartado  decimosegundo,  corresponderá  a  la
              Gerente  resolver  los  expedientes  de  anulación  y   El proceso de devolución de derechos académicos de
              cancelación de derechos, así como los expedientes de   matrículas  correspondientes  al  curso  académico  en
              anulación  derivados  del  procedimiento  para  la   vigor en cada momento, se iniciará: a) por petición del
              gestión  de  impagos  y  las  devoluciones  de  ingresos   interesado, b) de oficio por la propia Universidad.
              declarados indebidos.
                                                                El interesado deberá presentar la solicitud firmada de
              1.2.  Corresponderá  al  Servicio  de  Información   devolución  en  el  Registro,  acompañándola  con  los
              Contable  y  Gestión  Económica  y  Financiera  (en   datos de la cuenta bancaria: IBAN; titular y NIF del
              adelante  SICGEF),  de  oficio  o  previa  solicitud  del   mismo,  así  como  la  documentación  que  acredite
              servicio  u  Oficina  gestor  del  ingreso,  el  registro  y   cualquier modificación o anulación de la matrícula.
              emisión de las anulaciones de ingreso y en particular
                                                                Si es procedimiento se inicia a petición de interesado,
              de  los  abonos  y  rectificaciones  de  facturas  de  la
                                                                los  Centros  de  Gestión  o  el  Servicio  de  Estudios,
              Universidad,  que  tengan  como  causa  errores
              materiales o de hecho advertidos con anterioridad a   realizará  el  informe  sobre  el  expediente  de
              su inclusión en el procedimiento para la gestión de   devolución de derechos académicos, de acuerdo con
              impagos y previa comprobación de la inexistencia de   el modelo que se adjunta en el anexo I acompañado
              anticipos  presupuestarios  pendientes  de  cancelar,   del  justificante  expedido  por  la  aplicación.  Este
              realizada por el Servicio de Gestión Presupuestaria y   informe  será  firmado  por  el/la  responsable  que
              Patrimonial(SGPP).                                corresponda,  enviándolo  después  al  SICGEF
                                                                acompañado,  en  su  caso,  de  las  solicitudes  de  los
              1.3.  Corresponderá  al  SICGEF,  el  registro  y   estudiantes.
              contabilización de las cancelaciones y rectificaciones
              de ingresos y que tengan por objeto exclusivamente   Se  podrá  iniciar  de  oficio,  una  vez  que  se  han
              la aplicación de la normativa contable con objeto de   procesado  las  modificaciones  de  matrícula  que
              que las cuentas de la universidad muestren la imagen   originan la devolución en el sistema informático de
              fiel de su patrimonio, según los principios contables   Gestión Académica, se elaborará la relación nominal
                                                                y  la  justificación  del  motivo  de  la  devolución,  que
              en vigor.
                                                                trasladará  al  SICGEF.  En  dicha  relación  nominal  se
              Artículo  2.  Devolución  de  precios  públicos  por   hará  constar  el  NIF,  nombre  y  apellidos  del
              estudios oficiales.                               interesado,  importe  y  cuenta  bancaria  IBAN  y  la
                                                                documentación  justificativa  del  mismo.  La  cuenta
              La devolución de los precios públicos satisfechos por
                                                                bancaria (IBAN) en la que se abonará la devolución
              la   prestación   de   servicios   académicos   y
                                                                será la misma que se utiliza para domiciliar el pago de
              administrativos  de  estudios  conducentes  a  títulos
                                                                la matrícula. En el caso de que el estudiante no haya
              universitarios oficiales se efectuará en los casos, con
                                                                domiciliado los recibos de matrícula, se le requerirá
              los  requisitos  y  conforme  al  procedimiento  que  se
                                                                para  que  aporte  los  datos  de  una  cuenta  bancaria
              establecen  en  la  normativa  que  se  detalla
                                                                donde recibir la devolución.
              seguidamente,  así  como  en  los  apartados
              correspondientes a los estudios oficiales de las Bases   Las  causas  de  devolución  se  han  fijado  de  forma

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