Page 282 - 2024 TOMO II (noviembre)
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ANEXO  N-XXI: NORMATIVA POR LA QUE SE REGULA LA TRAMITACIÓN DE
               CONVENIOS EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE



               EXPOSICIÓN DE MOTIVOS                            Por todo ello, la Universidad precisa la
               Artículo 1. Ámbito de aplicación.                aprobación de unas normas reguladoras que
               Artículo 2. Objeto.
               Artículo 3. Contenido de los convenios.          permitan  articular un procedimiento interno
               Artículo 4. Aspectos económico-patrimoniales de   para la firma de convenios ajustado al marco
               los convenios.                                   legal.
               Artículo 5. Iniciación.
               Artículo 6. Tramitación.                         Artículo 1. Ámbito de aplicación.
               Artículo 7. Aprobación por Consejo de            1. La presente normativa será de aplicación a
               Gobierno y Consejo Social                        todos los convenios administrativos con
               Artículo 8. Firma y Registro
               Artículo 9. Modificación del convenio.           efectos jurídicos que suscriba la Universidad
               Artículo 10. Vigencia y prórroga.                Miguel Hernández de Elche (UMH) para un fin
               Artículo 11. Ejecución, seguimiento y liquidación de   común, tanto  con Administraciones Públicas,
               los convenios.                                   organismos públicos  y  entidades de derecho
               Artículo 12. Publicidad y Transparencia
               Disposición Adicional.                           público    vinculados   o    dependientes,
               Disposición Derogatoria.                         Universidades públicas, como con personas de
               Disposición Final.                               derecho privado.

                                                                2. Los Acuerdos Marco, Protocolos Generales
               EXPOSICIÓN DE MOTIVOS                            de  Actuación o instrumentos similares que

               La suscripción de convenios se ha consolidado    comporten  meras declaraciones de intención
               en el tiempo como una de las técnicas            de contenido general  o que expresen la
               funcionales  más importantes de cooperación      voluntad de las Administraciones y partes
               entre las distintas Administraciones  Públicas,   suscriptoras para actuar con un  objetivo
               así como con  el sector privado,  en aquellos    común, sin que supongan la formalización de
               casos en que dicha figura es permitida  por      compromisos jurídicos concretos y exigibles,
               nuestro ordenamiento jurídico.                   aunque no tiene la consideración de convenios
                                                                según la definición del artículo 47 de la ley
               La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen      40/2015, se tramitarán  de acuerdo con lo
               Jurídico del Sector Publico, recoge en su título   especificado para ellos en esta normativa.
               preliminar una regulación expresa sobre los
               requisitos para su validez, contenido mínimo,    3.    Los   acuerdos    de    colaboración
               tipología,  duración,  extinción y control, que   interadministrativa por imperativo legal, como
               resulta aplicable a los convenios suscritos por   es el caso de los conciertos celebrados entre la
               las Universidades Públicas. Este régimen         Universidad e Instituciones Sanitarias, se
               jurídico completo,  contribuye, asimismo,  a     tramitarán de acuerdo con esta normativa  y
               discernir  más claramente la naturaleza del      con el Real Decreto 1558/1986.
               negocio jurídico del que se trata, distinguiendo   4. Quedan fuera del ámbito de aplicación de
               claramente la Ley 40/2015, de 1 de octubre, los   esta normativa:
               convenios de aquellas otras figuras que no lo
               son y a las que por tanto no  resulta de         a) Los contratos celebrados al amparo del
               aplicación dicho régimen jurídico.               artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de


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