Page 281 - 2024 TOMO II (noviembre)
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3. Precio por curso                            1. Gastos de coordinación:
                 o   En función del caché convenido con el invitado/la   Cada curso contará con un/a coordinador/a en el caso
                 invitada + los gastos extra, a aprobar cada vez por CS.   de que sea impartido por más de un/a docente, y/o en
                                                              el caso de que sea impartido por una o más personas
               III. CURSOS CON (CO) FINANCIACIÓN EXTERNA      que no pertenezcan a la comunidad universitaria.

               1. Cursos con financiación externa completa    No es obligatorio asignar gastos de coordinación. Será
                 o Precio por cuso 25 h: 1.500€ (más gastos   la coordinación quien proponga, en su caso, este
                 extraordinarios, en su caso).                gasto. La remuneración, que será propuesta una vez
                 o En el caso de cursos con financiación que cubran   liquidados la totalidad  de los gastos  del curso, no
                 gastos  totales  del  mismo,  éstos  podrán,  podrá ser superior al 10% del total de ingresos del
                 excepcionalmente, tener un carácter gratuito a   curso. En todo caso, se establece como tope máximo
                 demanda del solicitante.                     la cantidad de 150€ por curso y siempre respetando el
                                                              cumplimiento del punto 1 de esta normativa.

               2. Cursos con financiación externa parcial      2. Gastos de dirección:
                 o -Precio por curso 25 h:  entre 500 y 1.000€ (más
                 gastos extraordinarios, en su caso).         Los cursos denominados de  extensión universitaria,
                 o -En el caso de cursos con cofinanciación que   bajo la articulación de “cursos de invierno”, “cursos de
                 cubran parcialmente los gastos del mismo, esto es,   verano” u otros,  podrán contar con un director o
                 por importe inferior a 1.500€ Euros (más gastos   directora (director/a de cursos de invierno, director/a
                 extraordinarios en  su caso); deberá financiarse la   de cursos de verano, otros). Su remuneración no será
                 diferencia al menos, con la emisión de Recibos por   superior al 10% del total de ingresos de los cursos que
                 inscripción, estableciéndose en este caso, el número   dirija, independientemente de las retribuciones que se
                 mínimo de inscripciones necesarias para la   tengan asignadas por docencia en el mismo. En todo
                 celebración del curso.                       caso, y salvo casos excepcionales justificados, se
                                                              establece como tope máximo la cantidad de 6.000 €
               IV. SOBRE LA COORDINACIÓN                      por curso académico.


































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