Page 281 - 2024 TOMO II (noviembre)
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3. Precio por curso 1. Gastos de coordinación:
o En función del caché convenido con el invitado/la Cada curso contará con un/a coordinador/a en el caso
invitada + los gastos extra, a aprobar cada vez por CS. de que sea impartido por más de un/a docente, y/o en
el caso de que sea impartido por una o más personas
III. CURSOS CON (CO) FINANCIACIÓN EXTERNA que no pertenezcan a la comunidad universitaria.
1. Cursos con financiación externa completa No es obligatorio asignar gastos de coordinación. Será
o Precio por cuso 25 h: 1.500€ (más gastos la coordinación quien proponga, en su caso, este
extraordinarios, en su caso). gasto. La remuneración, que será propuesta una vez
o En el caso de cursos con financiación que cubran liquidados la totalidad de los gastos del curso, no
gastos totales del mismo, éstos podrán, podrá ser superior al 10% del total de ingresos del
excepcionalmente, tener un carácter gratuito a curso. En todo caso, se establece como tope máximo
demanda del solicitante. la cantidad de 150€ por curso y siempre respetando el
cumplimiento del punto 1 de esta normativa.
2. Cursos con financiación externa parcial 2. Gastos de dirección:
o -Precio por curso 25 h: entre 500 y 1.000€ (más
gastos extraordinarios, en su caso). Los cursos denominados de extensión universitaria,
o -En el caso de cursos con cofinanciación que bajo la articulación de “cursos de invierno”, “cursos de
cubran parcialmente los gastos del mismo, esto es, verano” u otros, podrán contar con un director o
por importe inferior a 1.500€ Euros (más gastos directora (director/a de cursos de invierno, director/a
extraordinarios en su caso); deberá financiarse la de cursos de verano, otros). Su remuneración no será
diferencia al menos, con la emisión de Recibos por superior al 10% del total de ingresos de los cursos que
inscripción, estableciéndose en este caso, el número dirija, independientemente de las retribuciones que se
mínimo de inscripciones necesarias para la tengan asignadas por docencia en el mismo. En todo
celebración del curso. caso, y salvo casos excepcionales justificados, se
establece como tope máximo la cantidad de 6.000 €
IV. SOBRE LA COORDINACIÓN por curso académico.
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