Page 237 - 2024 TOMO II (noviembre)
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2. El precio de la expedición de certificados 7. Conceptos de gasto del presupuesto.
académicos será el indicado en el Decreto del
Consell por el que se fijan las tasas por la prestación En el presupuesto de las enseñanzas de formación
de servicios académicos universitarios para cada permanente se establecerán los siguientes
curso académico, en referencia al concepto “(…) conceptos de gastos:
expedición de certificados académicos”.
a. Gastos de dirección.
Material fungible.
6. Pago aplazado de la matrícula. b.
c. Material inventariable.
Cuando el precio de la matrícula de una enseñanza d. Gastos de profesorado.
de formación permanente sea superior a 500 € y la e. Dietas.
enseñanza tenga una duración superior a un f. Publicidad.
semestre podrá ser fraccionado del siguiente modo: g. Seguros.
h. Seguridad Social.
a. Dos plazos: i. Costes indirectos.
k. Pago al Personal de
- Primer plazo: supondrá el 60 % del total administración y servicios.
de precio de la matrícula. Deberá abonarse l. Otros gastos. Deberán ser
antes del inicio de la enseñanza. detallados.
- Segundo plazo: equivaldrá al 40 % del 8. Costes indirectos aplicables a instituciones
total del precio de la matrícula. Deberá externas.
abonarse a los dos meses contados desde
el inicio de la enseñanza. Las enseñanzas de formación permanente que se
realicen en colaboración con instituciones externas,
b. Tres plazos: tanto públicas como privadas, deberán regirse por
- Primer plazo: supondrá el 60 % del total la aplicación presupuestaria de contribución en
de precio de la matrícula. Deberá abonarse compensación por coste indirectos a favor de la
antes del inicio de la enseñanza. UMH del importe establecido en la normativa sobre
contribución de costes indirectos que resulte de
- Segundo plazo: equivaldrá al 20 % del aplicación a los ingresos que genere el estudio en
total del precio de la matrícula. Deberá concepto de costes indirectos, reteniendo un 2 %
abonarse a los dos meses contados desde adicional de los ingresos netos generados para
el inicio de la enseñanza. cubrir el coste del auditor académico.
- Tercer plazo: equivaldrá al 20 % del total
del precio de la matrícula. Deberá
satisfacerse a los cuatro meses contados
desde el inicio de la enseñanza.
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