Page 237 - 2024 TOMO II (noviembre)
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2.     El precio de la expedición de certificados   7. Conceptos de gasto del presupuesto.
               académicos será el  indicado en el Decreto del
               Consell por el que se fijan las tasas por la prestación   En el presupuesto de las enseñanzas de formación
               de servicios académicos universitarios para cada   permanente se  establecerán los siguientes
               curso académico, en referencia al concepto “(…)   conceptos de gastos:
               expedición de certificados académicos”.
                                                                       a.     Gastos de dirección.
                                                                              Material fungible.
               6. Pago aplazado de la matrícula.                       b.
                                                                       c.     Material inventariable.
               Cuando el precio de la matrícula de una enseñanza       d.     Gastos de profesorado.
               de formación permanente sea superior a 500 € y la       e.     Dietas.
               enseñanza tenga una duración superior a un              f.     Publicidad.
               semestre podrá ser fraccionado del siguiente modo:      g.     Seguros.
                                                                       h.     Seguridad Social.
                      a.     Dos plazos:                               i.     Costes indirectos.
                                                                       k.     Pago al Personal de
                      - Primer plazo: supondrá el 60 % del total       administración y servicios.
                      de precio de la matrícula. Deberá abonarse       l.     Otros gastos. Deberán ser
                      antes del inicio de la enseñanza.                detallados.

                      -  Segundo plazo: equivaldrá al 40 % del   8. Costes indirectos aplicables a instituciones
                      total del precio de la matrícula. Deberá   externas.
                      abonarse a los dos meses contados desde
                      el inicio de la enseñanza.                Las enseñanzas de formación permanente que se
                                                                realicen en colaboración con instituciones externas,
                      b.     Tres plazos:                       tanto públicas como privadas, deberán regirse por
                      - Primer plazo: supondrá el 60 % del total   la aplicación presupuestaria de contribución en
                      de precio de la matrícula. Deberá abonarse   compensación por coste indirectos a favor de la
                      antes del inicio de la enseñanza.         UMH del importe establecido en la normativa sobre
                                                                contribución de costes indirectos que resulte de
                      -  Segundo plazo: equivaldrá al 20 % del   aplicación a los ingresos que genere el estudio en
                      total del precio de la matrícula. Deberá   concepto de costes indirectos, reteniendo un 2 %
                      abonarse a los dos meses contados desde   adicional de los ingresos netos generados para
                      el inicio de la enseñanza.                cubrir el coste del auditor académico.

                      - Tercer plazo: equivaldrá al 20 % del total
                      del precio de la  matrícula. Deberá
                      satisfacerse  a  los  cuatro  meses contados
                      desde el inicio de la enseñanza.



























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