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ANEXO B-XIII: PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN Y TRAMITACIÓN DE LOS GASTOS
PLURIANUALES Y GASTOS DE TRAMITACIÓN ANTICIPADA (ARTÍCULO 32)
1º Gastos de carácter plurianual. Rector hasta el máximo del 20%, debiéndose informar
en la siguiente sesión del Consejo de Gobierno y del
Podrán adquirirse compromisos de gastos que hayan Consejo Social.
de extenderse a ejercicios posteriores siempre que su
ejecución se inicie en el propio ejercicio. Para Se considerarán autorizadas con la firma y trámite de
actividades de modalidad de gestión preferente, se los documentos contables correspondientes de
podrán contraer compromisos de gastos plurianuales gestión del gasto que se incorporen al expediente de
que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a contratación, las necesidades de reprogramación que
aquél en el que se autoricen, conforme a la naturaleza cumplan las siguientes condiciones:
del gasto a ejecutar, dentro del plazo de ejecución de
la actividad y conforme a los criterios de elegibilidad. a) No superen el importe total de la línea en su
horizonte plurianual (correspondiente al
La autorización o realización de los gastos de carácter ejercicio corriente y a la totalidad de los
plurianual se subordinará a los créditos que, para cada ejercicios posteriores de ejecución).
ejercicio, se consignen al efecto en el Presupuesto de b) No superen los gastos a ejecutar en el
la Universidad. ejercicio corriente.
c) Debiéndose incluir en la Programación
Para la realización de estos gastos, se procederá según Plurianual del ejercicio siguiente que se
su naturaleza, en los términos siguientes: apruebe conjuntamente con el Presupuesto
anual, la reprogramación autorizada en el
a) Gastos de Inversiones: Siempre que la ejercicio corriente.
ejecución cumpla los importes de la Planificación
Plurianual de Inversiones, se realizarán Para los gastos financiados con fondos propios de la
automáticamente los Documentos de ejercicios Universidad, se pueden contraer compromisos de
Posteriores. Para realizar un gasto futuro no gasto plurianuales que hayan de extenderse a
previsto en la programación plurianual, o previsto ejercicios posteriores a aquél en que se autoricen, en
por importe menor, requerirá actualización previa los siguientes supuestos:
de la Programación Plurianual por el Consejo
Social, a propuesta del Consejo de Gobierno. • Inversiones y transferencias de capital. Serán objeto de
consideración para su tramitación plurianual los
b) Gastos Corrientes: Directamente el Expedientes de Inversiones cuya ejecución prevista
supere el ejercicio corriente, en el marco de la
Responsable de la Partida Presupuestaria, podrá Programación Plurianual vigente.
autorizar los Documentos de ejercicios Posteriores • Contratos de suministro y de servicios que no puedan
que permita mantener la prestación o suministro ser estipulados o que resulten antieconómicos por
corrientes de ejercicios futuros, siempre que no plazo de un año. Serán objeto de consideración para su
supere el importe anual por el que se viniere tramitación plurianual los Expedientes de Servicios,
ejecutando. Aquellos gastos no previstos, o Suministros o Arrendamientos, cuya ejecución prevista
superiores a los aprobados en presupuesto inicial, supere el ejercicio económico.
deberán ser autorizados por el Consejo Social, a • Arrendamientos de bienes inmuebles y equipos a
propuesta del Consejo de Gobierno. utilizar por la Universidad.
• Las cargas financieras que se deriven de las
operaciones de endeudamiento.
No obstante, tanto para Gastos de Inversiones como • Subvenciones o ayudas cuya concesión se realice
para Gastos Corrientes, podrán tramitarse las dentro del ejercicio y su pago resulte diferido al
necesidades de crédito a autorizar que no superen el ejercicio o ejercicios siguientes, en particular las
10% de incremento anual sobre la dotación anual ayudas destinadas a fomentar la movilidad de los
prevista, o en casos de urgencia autorizada por el Estudiantes, PDI y PTGAS de la Universidad.
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