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continuación los tratados habitualmente bajo esta Descripción suficiente del servicio o suministro.
consideración: Número y clase de unidades servidas y precios
unitarios.
Importe de la factura que constituirá la base imponible
Alumnos en Prácticas: La solicitud de alumnos en prácticas
por Servicios, Unidades, Oficinas y Centros financiados con del IVA, señalando tipo impositivo, importe IVA y
presupuesto de carácter general (a excepción de Facultades, precio total. Se indicará por separado la parte de la
Base Imponible, correspondiente a cada una de las
Escuelas, Departamentos e IUI), requerirá con carácter
previo a la tramitación con el Observatorio Ocupacional, operaciones que se documenten en una misma
presentarse autorización del Responsable de los Fondos, así factura, en los casos en que incluya operaciones no
como el RC. Las condiciones generales de las dotación, sujetas y exentas, y otras que no lo estén. En los casos
en que la operación esté no sujeta o exenta del IVA,
adjudicación y duración; están reguladas en el ANEXO N‐XV
habrá que incluir mención a este hecho, o a las
de las presentes Bases de Ejecución y Funcionamiento del
Presupuesto. disposiciones de la Directiva o de la Ley que así lo
fundamenten.
ARTÍCULO 28: Recomendaciones para la correcta Código Cuenta Cliente (C.C.C.) del perceptor, donde se
deba realizar el abono de la factura o justificante del
gestión del gasto y documentos necesarios para el
gasto.
reconocimiento de la obligación.
Todos los proveedores que hayan entregado bienes o
Son nulos de pleno derecho, los acuerdos,
prestado servicio a la Universidad podrán expedir y
resoluciones y actos administrativos en general que se remitir facturas electrónicas a través del Punto
adopten careciendo de crédito presupuestario General de Entrada de Facturas Electrónicas de la
suficiente para la finalidad específica de que se trate. Administración General del Estado de acuerdo con la
Respecto de la adquisición de bienes de carácter
Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la
inventariable, deberá especificarse claramente su factura electrónica y creación del registro contable de
condición de inventariable en el documento contable facturas en el Sector Público. En todo caso, estarán
en el que se tramiten. Dichos gastos no podrán obligadas a ello las entidades siguientes:
tramitarse junto con gastos de carácter no
inventariable, debiendo ir en factura independiente a a) Sociedades anónimas;
efectos de conseguir un mayor control y seguimiento b) Sociedades de responsabilidad limitada;
de los mismos, debido a su especial tramitación. De no c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica
ser así, aparecerá en la misma factura, partidas que carezcan de nacionalidad española;
presupuestarias distintas, distinguiendo los bienes d) Establecimientos permanentes y sucursales de
inventariables y los no inventariables. entidades no residentes en territorio español en los
términos que establece la normativa tributaria;
e) Uniones temporales de empresas;
El plazo máximo para la tramitación de los justificantes f) Agrupación de interés económico, Agrupación de
de gasto o facturas, desde la fecha de emisión del interés económico europea, Fondo de Pensiones,
documento, hasta la recepción en el Servicio de Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo
Información Contable y Gestión Económica y de utilización de activos, Fondo de regularización del
Financiera, para proceder a la ordenación del pago, mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria
será de 20 días naturales. o Fondo de garantía de inversiones.
Las facturas o documentos justificativos del gasto que No obstante, se les exime de esta obligación por las
se adjunten a los documentos contables, estar facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 euros.
conformadas individualmente por el responsable,
ajustarse a lo dispuesto en el RD. 1619/2012, de 30 de La Universidad Miguel Hernández se ha adherido al
noviembre, y contener como mínimo los siguientes Punto General de Entrada de Facturas de la AGE
datos: (FACE).
Identificación clara de la Entidad receptora (nombre y
CIF de la Universidad Miguel Hernández: Q‐5350015‐ La obligación de exigencia de facturas, podrá ser
C). cumplida mediante la presentación de factura
U.O. que efectuó el encargo. simplificada en los siguientes supuestos:
Nombre o razón social del proveedor o contratista con Para importes que no excedan de 400 euros (IVA
su número o código de Identificación Fiscal incluido).
correspondiente. Para admisión de facturas rectificativas.
Domicilio, tanto de la Universidad Miguel Hernández, Para importes que no excedan de 3.000 euros (IVA
como del Proveedor o contratista. incluido), en las operaciones siguiente:
Número de la factura, y en su caso, serie. Ventas al por menor.
Fecha de la factura.
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