Page 232 - 2023 TOMO II (OCT)
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2.     El precio de la expedición de certificados   7. Conceptos de gasto del presupuesto.
               académicos  será  el  indicado  en  el  Decreto  del
               Consell por el que se fijan las tasas por la prestación   En el presupuesto de las enseñanzas de formación
               de  servicios  académicos  universitarios  para  cada   permanente  se  establecerán  los  siguientes
               curso  académico,  en  referencia  al  concepto  “(…)   conceptos de gastos:
               expedición de certificados académicos”.                        Gastos de dirección.
                                                                       a.     Material fungible.
               6. Pago aplazado de la matrícula.                       b.
                                                                       c.     Material inventariable.
               Cuando el precio de la matrícula de una enseñanza       d.     Gastos de profesorado.
               de formación permanente sea superior a 500 € y la       e.     Dietas.
               enseñanza  tenga  una  duración  superior  a  un        f.     Publicidad.
               semestre podrá ser fraccionado del siguiente modo:      g.     Seguros.
                                                                       h.     Seguridad Social.
                      a.     Dos plazos:                               i.     Costes indirectos.
                                                                       k.     Pago al Personal de
                      ‐ Primer plazo: supondrá el 60 % del total       administración y servicios.
                      de precio de la matrícula. Deberá abonarse       l.     Otros gastos. Deberán ser
                      antes del inicio de la enseñanza.                detallados.

                      ‐  Segundo  plazo:  equivaldrá  al  40  %  del
                                                                8. Costes indirectos aplicables a instituciones
                      total  del  precio  de  la  matrícula.  Deberá   externas.
                      abonarse a los dos meses contados desde
                      el inicio de la enseñanza.                Las enseñanzas de formación permanente que se
                                                                realicen en colaboración con instituciones externas,
                      b.     Tres plazos:
                                                                tanto públicas como privadas, deberán regirse por
                                                                la  aplicación  presupuestaria  de  contribución  en
                      ‐ Primer plazo: supondrá el 60 % del total   compensación  por  coste  indirectos  a  favor  de  la
                      de precio de la matrícula. Deberá abonarse
                      antes del inicio de la enseñanza.         UMH del importe establecido en la normativa sobre
                                                                contribución  de  costes  indirectos  que  resulte  de
                      ‐  Segundo  plazo:  equivaldrá  al  20  %  del   aplicación a los ingresos que genere el estudio en
                      total  del  precio  de  la  matrícula.  Deberá   concepto de costes indirectos, reteniendo un 2 %
                      abonarse a los dos meses contados desde   adicional  de  los  ingresos  netos  generados  para
                      el inicio de la enseñanza.                cubrir el coste del auditor académico.

                      ‐ Tercer plazo: equivaldrá al 20 % del total
                      del  precio  de  la  matrícula.  Deberá
                      satisfacerse  a  los  cuatro  meses  contados
                      desde el inicio de la enseñanza.




























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