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XVI “Tramitación de Expedientes de gasto sujetos a la   PROCEDIMIENTO
               Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público”:        ABIERTO     ≤2.000.000   <140.000   <140.000
                                                                 SIMPLIFICADO
                              OBRAS    SERVICIO   SUMINISTRO
                                                                PROCEDIMIENTO
                  CONTRATO                                         ABIERTO
                   MENOR                <15.000    <15.000                     < 5.382.000   <215.000   <215.000
                 (ORDINARIO)
                                                                 (NO S.A.R.A.)
                  CONTRATO    <40.000
                   MENOR                                        PROCEDIMIENTO
                 INVESTIGACIÓN         ≤50.000     ≤50.000         ABIERTO
                  (Funcionales
                   541/542)                                      REGULACIÓN    ≥5.382.000    ≥  215.000    ≥  215.000
                                                                 ARMONIZADA
                                                                 (PUBLICACIÓN
                                                                   DOUE)
               La contratación menor únicamente debe ser utilizada,
               con carácter excepcional, dentro de los límites anuales
               indicados  anteriormente  por  objeto  del  contrato,   A los contratos financiados con fondos de actividades
               debiéndose planificar la gestión eficiente de la compra   de  modalidad  de  gestión  preferente,  les  será  de
               pública, mediante la gestión de Acuerdos Marcos, y los
                                                              aplicación  los  siguientes  criterios  específicos  de
               diferentes   procedimientos   de   licitación   de
                                                              licitación a los contratos que sigan el procedimiento
               contratación (mayor).
                                                              de  contratación  abierto,  podrán  acogerse  a  las
                                                              siguientes especialidades:
               En  consideración  a  su  carácter  excepcional,  el   a.
               procedimiento de gestión de los Contratos Menores se         Procedimiento       Simplificado
               recoge en el Anexo B‐XVI de esta Normativa.          Ordinario:   podrán   acogerse   a   este
                                                                    procedimiento en los términos recogidos en los

               En los contratos menores de actividades de modalidad   apartados  1  a  5  del  artículo  159  de  la  Ley
               de gestión “preferente”, se aplicarán idénticas reglas   9/2017,  de  8  de  noviembre,  los  contratos  de
               de  gestión  a  las  generales  establecidas  en  las  BEFP,   Obras,  Suministros  y  Servicios,  cuando  se
                                                                    cumplan las condiciones siguientes:
               incorporando en su tramitación aquellos modelos de
                                                                      •  Que  se  trate  de  contratos  con  valor
               documentos  que  se  consideren  necesarios  por  la
               Gerencia  de  la  Universidad.  En  dicho  sentido,  se   estimado inferior al umbral establecido por
               acompaña como “modelo de proposición económica”        la  Comisión  Europea  para  los  contratos
                                                                      sujetos a regulación armonizada.
               de  Anexo  B‐XXIII  de  las  Bases  de  Ejecución  y
                                                                      •  Que  entre  los  criterios  de  adjudicación
               Funcionamiento del Presupuesto vigente.
                                                                      previstos  en  el  pliego  no  haya  ninguno

               B)  Procedimiento de Contrato Mayor, para importes     evaluable  mediante  juicio  de  valor  o,  de
               individuales o acumulados iguales o superiores a los   haberlos,  su  ponderación  no  supere  el
               establecidos  para  Contratos  Menores  del  epígrafe   veinticinco por ciento del total, salvo en el
                                                                      caso  de  que  el  contrato  tenga  por  objeto
               anterior, resultando de aplicación lo regulado en los
                                                                      prestaciones de carácter intelectual, como
               puntos siguientes de este artículo,
                                                                      los servicios de ingeniería y arquitectura, en
               A los efectos de seguimiento y ejecución de las fases   que  su  ponderación  no  podrá  superar  el
               del  Presupuesto  el  expediente  de  contratación  a   cuarenta y cinco por ciento del total.
               incoar en los supuestos indicados en este artículo en la   b.  Procedimiento   Simplificado   Abreviado:
               Contratación  Mayor,  se  tramitarán  según  los     Excepto los que tengan por objeto prestaciones
               procedimientos  relacionados  por  importes,  a      de carácter intelectual, podrán acogerse a este
               continuación:                                        procedimiento en los términos recogidos en el
                                                                    apartado 6 del artículo 159 de la Ley 9/2017, de
                                 OBRAS    SERVICIO   SUMINISTRO     8 de noviembre, los siguientes:
                                                                        De Obras de valor estimado inferior a 200.000
                 PROCEDIMIENTO
                                                                         €
                    ABIERTO
                                 < 80.000   < 60.000   < 60.000         De Suministros y Servicios de valor estimado
                  SIMPLIFICADO
                                                                         inferior a 100.000 €
                   ABREVIADO

                                                              Consideraciones sobre el Valor Estimado del Contrato:
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