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estudios  propios  de  la  Universidad  Miguel   correo electrónico, en las que los vocales recibirán
                   Hernández de Elche.                           la  documentación  de  cada  curso,  y  pronunciarse
                                                                 sobre la aprobación de las tasas del mismo.
                   b.  Número  de  estudiantes:  El  número  de
                   estudiantes  para  los  diferentes  estudios
                   propios  se  ajustará  a  lo  recogido  en  la
                   Normativa reguladora de los estudios propios
                   de la Universidad Miguel Hernández de Elche.
                   c. Precio hora lectiva del profesorado:

                   Entre  50  y  150  euros  por  hora,  para  los
                   estudios  propios  de  diploma  superior
                   universitario, máster, especialista y experto.
                   Entre 40 y 100 euros por hora para estudios
                   propios     de     especialización   y
                   perfeccionamiento.
                   d. Subvenciones: las subvenciones públicas o
                   privadas,  o  ayudas  económicas  externas,
                   deben   ser   debidamente   justificadas,
                   acompañando  el  convenio  a  la  información
                   del curso, en su caso.



               Expedición de certificados.

               El Consejo Social emitirá un certificado del acuerdo
               de  la  Comisión  de  Asuntos  Académicos,  de
               aprobación  de  las  correspondientes  tasas  de  los
               estudios  propios  o  talleres  de  extensión
               universitaria.
               La  Secretaría  del  Consejo  remitirá  al  Rector  el
               certificado de cada curso, antes de diez días desde
               la  fecha de  celebración  del Pleno  o  Comisión  en
               quien se delegará esta competencia.

               Una vez emitido el certificado, en caso de querer
               modificar,  antes  de  la  realización  del  curso,  un
               precio público, tasa académica, pago a profesores
               o cualquier otra condición económica, ya aprobada
               por  el  Consejo  Social,  el  Rector  dirigirá  al
               Presidente  del  Consejo  Social  una  copia  del
               certificado de aprobación del Consejo de Gobierno,
               junto a la memoria justificativa del cambio.

               Mientras  no  estén  aprobadas  las  tasas,  y  si  las
               fechas del curso así lo exigen, podrá publicitarse el
               mismo  indicando  que  está  “pendiente  de
               aprobación de tasas por el Consejo Social”.
               En aquellos casos de urgencia que lo requiera, se
               podrán realizar reuniones “virtuales” a través de


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